La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a seis comercializadoras de electricidad con una multa conjunta de 13.000 euros por no disponer de un teléfono gratuito de atención al cliente.
Las seis empresas multadas son Comercial Eólica Suministro de Energía (1.500 euros), Nortedison Electric (1.000 euros), Electro Soporte Comercial y Gestión (1.500 euros), Millaerense de Electricidad (4.000 euros), Distribuciones Eléctricas de Gistaín (2.000 euros) y Elec Vall De Boi (3.000 euros). Las tres primeras, además, ya sufren sanciones por no haber adquirido en el mercado mayorista la electricidad que suministran a los clientes y no haber presentado las correspondientes garantías.
La Ley 24/2013 del sector eléctrico indica que las compañías distribuidoras y comercializadoras de electricidad deben poner un teléfono gratuito a disposición de sus clientes, indicándolo en la propia factura de la luz.
Supervisión de los servicios
En la web de la CNMC hay alrededor de 400 empresas comercializadoras de electricidad registradas, aunque sólo opera la mitad. En julio del año pasado el organismo regulador elaboró el Informe de supervisión de los servicios de atención al cliente de las empresas comercializadoras de gas y electricidad, que recoge que el 22 por ciento de las comercializadoras con menos de 1.000 clientes, así como el 16 por ciento de aquellas con un número de clientes situado entre 1.000 y 10.000, no disponían de dicho teléfono gratuito. Sí lo tenían todas las comercializadoras de referencia, es decir, las grandes empresas cuando venden a la tarifa regulada, el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor.
Además, el 20 por ciento de las empresas sólo usa líneas 901 y 902, de pago, para la gestión de ciertos servicios.