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'Jarro de agua fría' a los preferentistas: la indemnización por daños y perjuicios tributa a Hacienda

  • Gestha denuncia que debe declararse como ganancia patrimonial

El colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha denunciado que la Agencia Tributaria acaba de echar un "nuevo jarro de agua fría" sobre los preferentistas, ya que según una reciente interpretación del 1 de abril, la indemnización que reciban por daños y perjuicios en sede judicial debe declararse como ganancia patrimonial en la base imponible general.

Gestha indica, en un comunicado, que esto aumentará la progresividad de salarios y pensiones, con el añadido de que si se les reconocen intereses indemnizatorios o moratorias deberán declararlos como ganancia patrimonial en la base imponible del ahorro.

Según los técnicos de Hacienda, el nuevo criterio de Hacienda "va más allá", pues muchas de las sentencias establecen que los gastos de defensa jurídica de los preferentistas deben ser asumidos por las entidades financieras que comercializaron dichos productos, algo que, según Gestha, la Agencia Tributaria también considera ganancia patrimonial que debe integrarse en la renta general.

Además, los técnicos afirman que la Agencia Tributaria impide que puedan deducirse los gastos de abogado y procurador asumidos durante el proceso judicial con el "débil argumento" de que son gastos debidos al consumo, obviando que las costas tiene un carácter resarcitorio o indemnizatorio de los gastos objetivamente necesarios o útiles para la defensa de su derecho ante los tribunales.

"Esta última vuelta de tuerca de la Agencia Tributaria no solo implica que estos contribuyentes no pueden deducirse los gastos en los que incurrieron para defender sus derechos en los tribunales, sino que además considera el importe total de las costas como un ingreso más por el que deben tributar", denuncian los técnicos de Hacienda.

Teniendo en cuenta que los tribunales dan la razón a nueve de cada diez preferentistas que demandan a los bancos por la comercialización de estos productos, según los datos de 2014 del Observatorio de Jurisprudencia de Productos Financieros Complejos, esta resolución de la Agencia Tributaria supone, según Gestha, "un auténtico varapalo para la mayoría de los 300.000 afectados por las preferentes que estimó el Gobierno".

Jubilados y personas con escasos ingresos

Asimismo, asegura que la situación se agrava si se considera que el perfil mayoritario de estas personas responde a jubilados o personas con ingresos limitados que en muchos casos no tienen obligación de presentar la declaración de la renta, pues no llegan al mínimo necesario de ingresos.

Sin embargo, con este nuevo criterio de la Agencia Tributaria, la situación cambia pues no solo tendrán que presentar la declaración, sino que lo más probable es que les salga a pagar una "cifra desproporcionada" para su nivel de ingresos, ya que por el importe de su pensión no tienen retenciones o son muy reducidas, indica Gestha.

Por último, señala que esta consideración de Hacienda contrasta con la "benevolencia" con la que se actuó con los beneficiarios de la amnistía fiscal de 2012, a los que se les permitió regularizar fondos en paraísos fiscales con una tributación del 10% de los patrimonios acumulados con la evasión de 2008 a 2010, lo que evitó que muchos de ellos incurrieran en delito fiscal, así como el pago de elevadas sanciones.

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Comentarios 8

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manolin
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No todos los preferentistas son viejecitas iletradas a las que el malvado banquero engaño. La mayoria son inversores listillos que despues de forrarse vendiendo pisos a precios de usura esperaban sacarse otra buena tajada a cuenta de los mismos, lo hipo-paganinis, bueno , mas exactamente de los que no pagaran sus letras mensuales.

En cualquier pais del mundo estos listos hubieran perdido hasta la camisa y bien merecido, pero en esta España nuestra , donde los errores de algunos los pagamos todos, los listillos se van de rositas.

Poco alivio es que cotizen la indemnizacion dado que este sale del dinero publico repartido entre estos sinverguenzas.

Puntuación -26
#1
Ddd
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Sino te lo roba el banco te lo roba el estado y con el código civil en la mano valientes país de ladrones institucionalizados y para esto querían la democracia si esto es más de los mismo.

Puntuación 52
#2
eso
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MANOLIN = TONTIN.

No se trata de un ingreso, se trata de una compensacion por mala praxis.

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#3
ZASCA
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Es que pensabais que el estado os iba a ayudar de gorra?

Espero que hayáis aprendido la lección y la próxima vez que tengáis un problema lo resolváis negociando como personas civilizadas y no acudiendo al estado como al primo de zumosol que luego que te pasa factura por favores que tú pensabas que eran desinteresados.

Puntuación -12
#4
PIPO
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Manolín.

No eres mas tonto por que no te entrenas.

A, sí. Que eres un siervo de tus amos banqueros..........

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#5
espinosa
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Me parece una injusticia. Yo creo que en todo caso, este dinero tendría que pagarlo las entidades emisoras, ya que fueron ellas las que engañaron a los preferentistas y éstos, se han visto obligados a reclamarlo por vía judicial.

Puntuación 31
#6
Ddd
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Los daños y perjuicios , el flujo cesante , los intereses en el tiempo , los gastos judiciales, eso que se los coman el pequeño inversor como siempre , así estáis comprado acciones entre ordenadores los inversores han perdido el apetito inversor gracias a las leyes tan justas que aprueban los políticos , políticos y economía es como el agua y el aceite.

Puntuación -1
#7
Nacho
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Me parece bien, excepto que las costas que deberían poder deducirse, igual que se pueden deducir las comisiones en la compra-venta de acciones al declarar el incremento de patrimonio neto.

Puntuación 4
#8