
El Comisionado del Mercado de Tabacos (CMT), un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Hacienda, está investigando presuntas irregularidades en las máquinas expendedoras de cigarrillos. Según confirman distintas fuentes del sector, en concreto el Comisionado ha incrementado las inspecciones para esclarecer si hay empresas que están pagando a los dueños de las máquinas para poder contar con una mayor presencia de sus productos en las mismas. Protestas del sector del tabaco por los bajos precios
La legislación vigente obliga en España a mantener un principio de neutralidad tanto en el estanco como en los puntos de venta con recargo a través de las máquinas. Unos y otros deben mantener así un equilibrio y ajustar la oferta de forma proporcional a las marcas más vendidas. Las fuentes consultadas explican, sin embargo, que el Comisionado ha detectado casos donde esto no es así y hay máquinas primando determinadas marcas de cigarrillos, lo que puede acarrear la imposición de una sanción.
"Exceder los límites legales"
En este mismo sentido, el Comisionado ha emitido una circular por la que delimita el alcance y contenido de determinadas actividades promocionales de marcas de tabaco por parte de operadores mayoristas y expendedores, según ha publicado el Boletín Oficial del Estado (BOE). La circular no introduce nuevos requisitos de los ya previstos por el ordenamiento jurídico, sino que se "limita a interpretar" éste ante la aparición de ciertas prácticas que se están realizando en el ámbito de la exposición y presentación de las labores de tabaco que en ocasiones pudieran "exceder de las limitaciones legales".
Así, en relación, a las condiciones de exhibición de los productos en las expendedurías se recuerda que deberá ser "siempre gratuita y proporcional a las cuotas del mercado" de los operadores respectivos. Es decir, que las empresas no pueden en ningún caso pagar a los estanqueros por tener una mayor presencia en sus establecimientos, tal y como parece que podría estar sucediendo en algún caso en lo referente a las máquinas expendedoras.
Establecimiento de cuotas
El Comisionado recuerda en este sentido que las cuotas serán las que cada operador haya obtenido en el año natural inmediatamente anterior. No obstante, el expendedor deberá reservar un 5% del espacio correspondiente a cada tipo de labor (cigarrillos, cigarritos, picadura de liar y picadura de pipa) a la exhibición de labores de menor demanda, o nuevos productos, de aquellos con cuotas inferiores al 1% o a nuevos operadores del mercado.
Respecto al mobiliario, expositores y enseres empleados para uso promocional en las expendedurías, se establece que no podrán, "en ningún supuesto", contener nombres, marcas, símbolos u otros elementos distintivos de productos del tabaco. Sin embargo, en su interior se podrá destinar un espacio para la exposición periódica y rotativa de labores del tabaco que sean objeto de campañas promocionales previamente comunicadas al Comisionado del Mercado de Tabacos, así como el material promocional específico de cada campaña.