
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 10 millones de euros que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) impuso a REE en mayo de 2012 por su responsabilidad en el apagón que sufrió Barcelona en julio de 2007. La sentencia del tribunal catalán le restó 1 millón a una sanción anterior de 11 millones fijada por la Consellería de Economía de la Generalitat en el año 2008.
En su momento, tanto la Generalitat como el TSJC consideraron que REE y Endesa eran responsables del apagón y les multaron por ello. Ahora, el Alto Tribunal rechaza la apelación de REE contra el fallo del TSJC, confirma su multa y le obliga expresamente a pagar las costas del proceso de apelación.
El apagón afectó a trece centros de asistencia primaria, tres líneas del Metro, dos líneas de ferrocarril y al tranvía, con interrupciones temporales del servicio; el 60% de los semáforos de la urbe dejó de funcionar, al igual que las telecomunicaciones, provocando el caos. Obligó a movilizar servicios de protección civil, seguridad ciudadana y seguridad vial, con intervenciones de los servicios sociales, servicios penitenciarios y de suministro de agua.
Ruptura de un cable
La sentencia repasa los hechos acontecidos el 23 de julio de 2007, cuando, a las 10.53 horas se partió un cable de 110 kV sobre la subestación de Colblanc, causando un incendio que dejó sin luz a 323.337 usuarios de la ciudad.
El accidente se desencadenó "como consecuencia de una ruptura inicial localizada por un proceso de termofluencia", un tipo de fallo "que tiene una evolución temporal y que se caracteriza normalmente por la deformación gradual del material bajo unas condiciones de carga mecánica sostenida y temperatura elevada", es decir, no se trató de un accidente súbito, sino de un proceso de degradación que revela "el deficiente estado de las instalaciones de la red de transporte propiedad de REE".
Ese mal estado de las instalaciones quedó demostrado en la pruebas realizadas posteriormente, que constataron "la existencia de numerosos incidentes en la red de transporte previos al incendio de la subestación".
Así pues, el Supremo considera que hay "una actuación culpable de REE que infringió la obligación legal de garantizar la continuidad del suministro eléctrico, pues siendo titular de la línea 220 kV, incumplió la obligación de mantenerla en las adecuadas condiciones, acreditando los hechos probados que el deficiente estado de las instalaciones de la red de transporte propiedad de REE, constatado incluso con anterioridad al 23 de julio de 2007 por otros previos en fechas próximas, fue la causa determinante del incendio en la subestación.
Sin valoración sobre Endesa
El Tribunal deja "imprejuzgada" la participación de Endesa en el apagón, porque la compañía eléctrica también ha recurrido la multa que el TSJC le impuso a su vez, por un montante de 10 millones, y reduciendo la sanción original de la Generalitat de 11 millones.
Eso sí, deja meridianmente claro que lo que le ocurra a Endesa es independiente de sus consideraciones sobre REE: "Que pudiera concurrir otra causa no imputable a REE en la producción del resultado no la exonera de responsabilidad".
Coste: 360.000 euros
Un informe elaborado por el Laboratorio de Ensayos e Investigaciones para el Ayuntamiento de Barcelona estimó el coste del apagón, que llegó a ser de tres días para algunos de los afectados, en 360.000 euros. Dos años después de que se produjera el accidente, el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Barcelona dictó una sentencia a favor de la OCU en la que obligaba a Endesa y REE a indemnizar a los 323.337 usuarios directamente perjudicados con cantidades que oscilaban entre los 122 euros -si habían estado menos de 12 horas sin luz- y los 300 euros -si habían estado más de tres días-, así como a descontarles hasta un 10% de la factura eléctrica.