Madrid, 28 jul (EFECOM).- El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite el recurso de amparo interpuesto por el grupo químico Sniace contra las resoluciones del Supremo que confirmaron las liquidaciones del canon de vertidos de 1987 y 1988, comunicó hoy la empresa a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Según Sniace, la decisión del Constitucional de rechazar el recurso no tendrá ninguna repercusión en las cuentas de la compañía, puesto que ya se habían dotado provisiones para cubrir el importe de esas liquidaciones.
El grupo químico ha comunicado a la CNMV que en los últimos meses el Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias por las que anula la liquidación del canon de vertidos del ejercicio 1994 y las providencias de apremio correspondientes a los cánones de 1988 y 1990. EFECOM
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