Empresas y finanzas

CNE podrá pedir datos a eléctricas a través de BOE para asegurar competencia

Madrid, 28 ene (EFECOM).- La Comisión Nacional de la Energía (CNE) podrá dictar circulares, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para recabar de las compañías eléctricas la información necesaria para supervisar el funcionamiento del mercado y garantizar la competencia.

Esta nueva facultad está recogida en una enmienda del Grupo Socialista al proyecto de reforma de la Ley del Sector Eléctrico, cuyo objetivo es adaptar la legislación española a la Directiva europea sobre el mercado interior de la electricidad.

El propósito de la enmienda es dotar a la CNE de "los instrumentos necesarios" para desarrollar las nuevas funciones que se le otorgan en el Proyecto de Ley que ha elaborado el Gobierno para modificar la Ley del Sector Eléctrico.

Por ello, si la enmienda es aprobada, la CNE "podrá dictar circulares, que deberán ser publicadas en el BOE, para recabar de los sujetos que actúan en el mercado de producción de energía eléctrica cuanta información requiera para efectuar la supervisión".

Las nuevas funciones asignadas al regulador energético persiguen "garantizar la ausencia de discriminación, una auténtica competencia y un funcionamiento eficaz del mercado" eléctrico.

De acuerdo con estas nuevas funciones, la CNE deberá supervisar, entre otros aspectos, la separación efectiva de las distintas actividades dentro de los grupos empresariales para evitar "subvenciones cruzadas" entre los negocios de generación y distribución.

El organismo regulador tendrá que supervisar también las condiciones y tarifas de conexión aplicables a los nuevos productores de electricidad y garantizar que se publica la información adecuada sobre la utilización de la red y la asignación de capacidades a las partes interesadas.

Otras cuestiones sobre las que tendrá competencias la CNE son la asignación de la capacidad de interconexión, los mecanismos para solucionar la congestión en las redes y la actuación de los gestores de las redes de transporte y distribución.

La CNE deberá estar pendiente también de la actividad de la Oficina de Cambios de Suministrador, una de las novedades introducidas por el Gobierno en el proyecto de reforma de la Ley del Sector Eléctrico.

En este capítulo, el Grupo Socialista ha presentado otra enmienda que limita al 20 por ciento la participación de cada grupo empresarial en la Oficina de Cambios de Suministrador.

El capital de esta entidad, que deberá ser una sociedad mercantil, se repartirá entre distribuidores de energía eléctrica (15 por ciento), distribuidores de gas natural (15 por ciento), comercializadores de electricidad (35 por ciento) y comercializadores de gas (35 por ciento).

Dentro de cada apartado, la participación de las distintas empresas se determinará en función de la energía que circule a través de sus instalaciones, en el caso de los distribuidores, y de la energía vendida, en el de los comercializadores.

No obstante, cada grupo empresarial no podrá sumar una participación superior al 20 por ciento.

Si se sobrepasa este porcentaje, el exceso se repartirá entre los restantes operadores.

La participación de las empresas se revisará, al menos, cada dos años y el Gobierno garantizará la representación de los nuevos entrantes. EFECOM

mam/mdo

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