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Audiencia Madrid admite recurso Gas Natural y levanta suspensión cautelar opa

Madrid, 16 ene (EFECOM).- La sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado los recursos presentados por Gas Natural e Iberdrola contra la decisión del Juzgado Mercantil número 3 de Madrid de paralizar la opa de la compañía gasista sobre Endesa y ha levantado la suspensión cautelar dictada en marzo.

El auto, fechado ayer, lunes, asegura que "no había lugar a la adopción de las medidas cautelares instadas por Endesa", ya que "en principio no cabe apreciar el comportamiento colusorio" que denunciaba la eléctrica presidida por Manuel Pizarro.

El juzgado mercantil dictó la suspensión cautelar en tanto resolvía la denuncia presentada por Endesa contra Gas Natural e Iberdrola por presunto pacto colusorio (concertación previa), que la eléctrica basaba en la firma de un acuerdo de compraventa de activos entre ambas.

De esta forma queda desbloqueado el proceso de opas, ya que la Sala Tercera del Tribunal Supremo acordó el pasado miércoles el levantamiento de la suspensión cautelar que ella misma había dictado en abril.

Las tres partes -Gas Natural, Iberdrola y Endesa- expusieron sus posturas en una audiencia pública celebrada el pasado jueves en la Audiencia Provincial.

Endesa, que ha reclamado al juzgado mercantil el levantamiento de la suspensión cautelar, defendió la decisión adoptada en aquel momento, puesto que, a su juicio, existía un riesgo cierto de que la opa de Gas Natural provocara "perjuicios irreversibles".

La eléctrica reconoció, sin embargo, que la situación es ahora distinta, ya que la opa de E.ON ha superado todos los trámites administrativos.

Sin embargo, en el auto dado a conocer hoy, el tribunal señala que la petición de Endesa de que se levanten las medidas cautelares "no releva a esta sala de la obligación de resolver los recursos planteados", puesto que las partes no han desistido de ellos y "persiste la polémica" sobre si "eran procedentes".

Una vez resuelta esta cuestión previa, el auto muestra su discrepancia con la resolución del juzgado mercantil por su "endeble cimentación" y porque "no concede atención suficiente a la explicación razonable" aportada por Gas Natural e Iberdrola sobre el acuerdo de compraventa de activos suscrito entra ambas.

La Audiencia recuerda que el acuerdo fue comunicado a las autoridades (CNMV, CNE y responsables de Competencia) y a los medios de comunicación, lo que, según el tribunal, "evidencia que poco puede entreverse de lo subrepticio que suele acompañar a los pactos colusorios".

El auto asegura que el acuerdo suscrito entre Gas Natural e Iberdrola se enmarca en las cesiones de activos o desinversiones "habituales" en las operaciones de concentración económica.

Según el tribunal, el acuerdo "se explica, y no hay que extrañarse de ello, pues no se entrevé ilicitud", dentro de la estrategia diseñada por la compañía gasista para hacerse con el control de Endesa en el marco de la opa.

La Audiencia considera "razonable" la negociación previa entre las dos partes y "la simultaneidad" entre el acuerdo y la formulación de la opa.

A juicio del tribunal, el acuerdo de compraventa de activos "ni se constituye en presupuesto de la opa ni condiciona la misma, por lo que los alegatos de Endesa no pueden ser utilizados como síntoma de colusión".

Por todo ello, la Audiencia opta por revocar el auto del juzgado mercantil al entender que "no cabe apreciar que haya mediado el comportamiento colusorio que denunciaba Endesa", ya que "no se constata" la existencia de un acuerdo para "impedir, restringir o falsear el juego de la competencia en el mercado".

Teniendo en cuenta esta decisión, el tribunal declara "carente de objeto" el recurso de Endesa, que había pedido una rebaja del aval de mil millones de euros exigido por el juzgado mercantil para hacer efectiva la suspensión cautelar. EFECOM

apc-mam/jla

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