Empresas y finanzas

La Ley de Vivienda se tramitará por el procedimiento de urgencia

  • El Gobierno espera que el proyecto entre en vigor antes de octubre

El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de la Ley de Vivienda, que se tramitará a partir de ahora por el procedimiento de urgencia, o que supone que los plazos establecido se reducirán a la mitad, por lo que fuentes del ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana han asegurado a elEconomista, su previsión de que la Ley estará aprobada antes de que finalice el tercer trimestre de este año.

No obstante, el nuevo proyecto de ley no entrará en vigor de una vez, puesto que se ha introducido una vacatio legis, un periodo de 18 meses desde su entrada en vigor para que la Administración pueda establecer el sistema de índices de referencia para las limitaciones en los precios del alquiler en zonas tensionadas.

Tipos de vivienda social

Tal y como estaba previsto en el anteproyecto, con el establecimiento de la futura Ley no se podrá volver a enajenar el parque público de vivienda social, mientras que en el caso de la vivienda protegida, se garantiza siempre, al menos, un periodo de 30 años para levantar su calificación. Estas tipologías se complementan con la figura de la vivienda asequible incentivada, de ámbito privado, que deberá mantenerse en precios asequibles a cambio de ventajas tanto urbanísticas como tributarias.

Limitaciones a la propiedad

La propiedad de la vivienda quedará condicionada al concepto de función social. Además, el concepto de vivienda digna se define a través de su precio asequible, habitabilidad, accesibilidad, eficiencia energética, utilización de energías renovables o acceso a redes de suministros básicos.

Una de las partes más polémicas del proyecto de ley es la referida al alquiler de vivienda, en la que se incluye el concepto de zonas tensionadas en los que se podrán aplicar medidas efectivas para favorecer el acceso a la vivienda, reduciendo los precios del alquiler.

El sistema para limitar los precios de grandes tenedores se retrasará 18 meses

Se establecen nuevos mecanismos de contención y bajada de precios, a través de un marco fiscal que compense la bajada de los precios en las renovaciones de contratos, cuando así lo decidan las Administraciones Territoriales. Los incrementos de los alquileres seguirán rigiéndose por el IPC.

Por otra parte, se define la vivienda vacía y se introduce e establece una modulación del recargo actualmente situado en el 50% de la cuota líquida del IBI, que podrá alcanzar el 150%, en función del tiempo de desocupación y del número de viviendas desocupadas del mismo titular en el término municipal.

Retraso de los desahucios

Se modifica la regulación del procedimiento de desahucio en situaciones de vulnerabilidad, calificación que queda en manos del juez. Se de uno a dos meses la paralización del desahucio mientras el Ayuntamiento busca soluciones habitacionales para las personas vulnerables, cuando el propietario es persona física, y de tres a cuatro cuando es persona jurídica. Estos meses de impago deberán ser reclamados por el arrendador al arrendado en el procedimiento judicial. El Gobierno cuenta con las 15.000 viviendas acordadas con la Sareb en el Plan de Vivienda para apoyar las gestiones municipales. Además, se establece un porcentaje mínimo del 50% para vivienda protegida en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda protegida.

Consejo asesor de vivienda

Se establece la creación del Consejo Asesor de Vivienda para desarrollo de las políticas de vivienda y se ofrecen más garantías en las exigencias de información en la compra o el alquiler de vivienda a través de información básica de las condiciones de la operación y de las características de la vivienda y del edificio.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky