Empresas y finanzas

Las aseguradoras tiemblan tras una sentencia que obliga a indemnizar a una pizzería por las pérdidas durante el confinamiento

  • El fallo abre la puerta a una oleada de reclamaciones por parte de la hostelería
  • El seguro deberá pagar 6.000 euros por el cierre provocado por el estado de alarma
Reuters.

La Audiencia Provincial de Girona sentencia a SegurCaixa Adeslas a pagar con 6.000 euros a una pizzería por la pérdida de beneficios a raíz de la paralización de la actividad motivada por el confinamiento. El fallo abre la puerta a una oleada de reclamaciones por parte de los miles de empresas que en toda España tuvieron que cerrar durante el estado alarma.

Hasta ahora las aseguradoras respiraban tranquilas porque sus pólizas de negocios no se hacían cargo de los problemas ocasionados por los cierres de actividad decretados por el estado de alarma, aprobado en marzo del año pasado. La Audiencia Provincial de Girona ha dado un vuelco a esta realidad con una sentencia pionera que afectará a los miles de negocios afectados por las restricciones a la hostelería. El magistrado Fernando Lacaba ha dictado que la aseguradora SegurCaixa Adeslas tendrá que pagar una indemnización de 6.000 euros a una pizzería gerudense por la "paralización de la actividad" a raíz del confinamiento decretado por el primer estado de alarma que aplicó el Gobierno. 

La sentencia fue adelantada la pasada semana El Punt Avui y supone el primer pronunciamiento judicial en este sentido. El propietario del negocio suscribió el 13 de febrero de 2020, justo un mes antes del estallido de la pandemia, una póliza SegurCaixa Negocio con Adeslas, que incluía la cobertura para la "pérdida de beneficios "y la" paralización de la actividad "en la que se fijaba una compensación de 200 euros al día durante un periodo máximo de 30 días. El dueño del negocio reclamó 6.000 euros a la aseguradora.

La aseguradora rechazó la petición alegando que en la póliza no se especificaba que se cubrieran "los gastos de paralización derivadas de una resolución gubernamental ante una pandemia". Ante la negativa, la pizzería puso una demanda.

En primera instancia, un juzgado de Girona se pronunció a favor de la aseguradora. Pero los dueños de la pizzería recurrieron a instancias superiores. El magistrado Lacaba reconoce que la póliza no contempla expresamente el apartado paralización por resolución gubernativa ante una pandemia, pero "el asegurado ve interrumpido su negocio y mermados sus ingresos, y precisamente por ello,... nos hallamos ante una clara limitación de los derechos del asegurado en un contrato de adhesión por lo que, su validez y oponibilidad vendría condicionada al cumplimiento de los específicos requisitos, de aparecer destacadas de modo especial en la póliza", según recoge la sentencia. Por lo que el magistrado entiende que la póliza cubría "la pérdida de beneficios y la paralización de la actividad".

"El hecho de que la póliza examinada no contemple expresamente, la cobertura del riesgo referido a la paralización del negocio por la pandemia, impone que su exclusión en el condicionado general por la aseguradora, reclamaba los requisitos del artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro (estar destacada de forma especial y aceptación por escrito del asegurado) y ello, por aplicación de los principios, referidos al contenido natural del contrato de seguro y a las expectativas que podía tener el asegurado, cuando acepto la póliza por ver cubierto, de manera expresa, 'Pérdida de beneficios/Paralización de la actividad".

El magistrado Lacaba se ha apoyado en sentencias de Reino Unido y Francia. "En Reino Unido se ha dictado recientemente una sentencia impulsada por el regulador y determinadas aseguradoras en la que se pronuncia sobre la eficacia de multitud de cláusulas a este respecto  y también en Francia los tribunales se han pronunciado sobre las reclamaciones formuladas sobre este mismo particular (coberturas de partes d'explotation o pérdidas de explotación), si bien con pronunciamientos divergentes.

El fallo podría abrir la puerta a una oleada de reclamaciones por parte de los miles de empresas que en toda España tuvieron que cerrar durante el estado alarma decretado por la COVID-19, que se prolongó entre el 15 de marzo y el 21 de junio de 2020.

comentariosicon-menu10WhatsAppWhatsAppTwitterTwitterLinkedinlinkedinBeloudBeloud
FacebookTwitterlinkedin
arrow-comments

Comentarios 10

En esta noticia no se pueden realizar más comentarios

navegante, y este desastre lo han conseguido en 100 días de progreso.
A Favor
En Contra

Pero son los políticos con su patrimonio los que deben responder, no los españoles, y sí tienen que entrar en la cárcel que entren o se vayan a Venezuela que es el modelo de bienestar que publicitan

Puntuación 24
#1
Usuario validado en elEconomista.es
Norlingen
A Favor
En Contra

Pero los seguros van a pagar algo......o el consorcio de seguros ( todos)?????

Vienen risas....con el a tooo riesgo

Alguien debe pagar la fiesta y no hay pasta....los millones y millones aseguradoras son demasiados tentadores para esta gente.....

En fin....suerte....la vamos a necesitar....ayer la economia 14 del mundo mañana....dios sabra

Puntuación 15
#2
Carlos
A Favor
En Contra

Ley, enfermedad,muerte, economía,caos y democracia.Y como arma de los anteriores la vacuna.Todos contra el covid y sus variantes.Quién ganará ???? Hagan apuestas!!!

Puntuación -2
#3
mariano
A Favor
En Contra

Me encantaria que quebrase segurcaixa adeslas y luego la caixa. Yo ya he quebrado con sus acciones y su comportamiento.

Puntuación 16
#4
Pascual
A Favor
En Contra

Lo de Caixaseguros es de traca. A mí, par cubrir un crédito al consumo para comprar un coche (6.000 €) durante cuatro años me pedías hacer un seguro de vida de 50.000 euros a razón de 83 €/mes x 4 años. O sea, casi 4.000 pavos. Le dije a la de La Caixa, después de 17 años de cliente que se fuera o fuese a la kk. Todos los seguros de Caixabank adeslas son un 40% más caros al menos, que los del resto de companías. Me alegro por el pizzero y me alegro porqué palme La Caixa.

Puntuación 20
#5
Ivan
A Favor
En Contra

Las preferentes y las cláusula suelo van a ser migajas comparado con el tsunami que les llega a las aseguradoras. Van a quebrar casi todas. Así q a Caixa la va a rematar...

Puntuación 10
#6
Be digital
A Favor
En Contra

#5

Pascual ,tienes toda la razón , así es ,otros como Santander te obligan a hacer un seguro de protección de pagos que es dirigido a los trabajadores indefinidos y lo hacen a todo el mundo o seguros de vida que no cubren a mayores de 65 años igualmente lo hacen pero cuando pasan siniestros y hay que responder miran a otro lado ....las aseguradoras van de que tienen liquidez ...esto se lo huelen ...a mí este año el seguro del coche me han querido subir un 40% estando el coche parado no habiendo hecho más de 7000km en el año teniendo los 15 puntos y maxima bonificación ...... para finalizar cuanto más ntermediario más caro el seguro pero sobre todo si contratas en un banco que es donde te meten el hachazo porque los interese dicen que son bajos ....margen no financiero lo llaman .....

Puntuación 4
#7
VIO
A Favor
En Contra

El seguro te lo venden como un seguro de pérdida de explotación general, aunque luego matizan si es por lluvia, granizo, ventisca, nieve, inundación, incendio, caída de rayo, etc. Ha actuado muy bien el magistrado Lacaba, de la Audiencia Provincial de Gerona, al obligar a pagar a la compañía SegurCaixa Adeslas, ya que cuando yo recurrí a mi compañía para comprobar si podía reclamar la pérdida de beneficios me dijeron lo mismo: que el Covid no entraba en el condicionado y me pareció una estafa y una tomadura de pelo. La pérdida de explotación se entiende muy bien lo que es, que por cualquier causa o motivo ajeno a ti debes cerrar el negocio total o parcialmente y la compañía aseguradora se obliga a resarcirte en la cuantía pactada. Esos matices que emplean astutamente para no pagar y salirse de rositas es una estafa a la vez brillante y mezquina. Brillante para ellas y mezquina para el asegurado. Si acaso, que ellas paguen, cómo es su obligación, y que reclamen después al estado, al fondo de garantía, a los accionistas del banco o al reaseguro que deben de tener. Pero en conciencia se entiende que deben pagar la pérdida de explotación sea cual sea la causa que la produce. Enhorabuena al señor Fernando Lacaba que ha actuado con sentido común. Además, el artículo da a entender que en otros estados como Reino Unido y Francia ya han aplicado este criterio. Ahora toca esperar a ver que pasa.

Puntuación 6
#8
Gregorio
A Favor
En Contra

¿Me estáis diciendo, que mi hotel cerrado y yo con cese de actividad desde Marzo a Mayo y ahora desde Octubre hasta la actualidad, voy a cobrar?

Anoche miré mi póliza y viene recogido.

Puntuación 3
#9
Javier R. Torres
A Favor
En Contra

Interesante articulo

Puntuación 0
#10