
Un juzgado de Alicante ha dictado sentencia contra la intención de algunas comunidades autónomas, como la Valenciana, de no vacunar a los trabajadores de la sanidad privada bajo las mismas premisas que a los de la sanidad pública. La respuesta judicial emana de un recurso interpuesto por el Colegio de Médicos de Alicante para adoptar medidas cautelares por la decisión de la Consejería de Sanidad de no incluir a este grupo en los planes de vacunación.
Mientras altos cargos de varias comunidades se han vacunado sin que fuese su turno, adelantándose a los grupos que más riesgos tienen frente a la infección por coronavirus, los médicos de la sanidad privada estaban siendo aislados en ciertos territorios. Uno de ellos es la Comunidad Valenciana y un juzgado ha acabado con dicha discriminación. "Se requiere a la Generalidad Valenciana, en concreto a la Consejería de Sanidad, para que remueva cualquier impedimento que obstaculice o dificulte la vacunación contra el Covid-19 de todo personal médico que ejerce la actividad privada en la provincia de Alicante, sea cual sea su vínculo, con el mismo orden, prelación y demás circunstancias que se aplciarían al personal sanitario público", asegura la sentencia.
En otro apartado de la sentencia, el tribunal abre la puerta a que la vacunación pueda ser llevada a cabo desde los propios hospitales privados, sin que exista un llamamiento del sistema público, como ocurre hasta ahora con la población en general. "No existe traba o limitación alguna que impida que sean los propios centros privados o incluso mutuas sanitarias las que asuman la implementación de la vacunación del personal de primera línea de la sanidad privada y que el mismo reciba la vacuna en igualdad de condiciones al personal sanitario público", añade.
El tribunal recuerda a la Consejería de Salud valenciana que un médico, independientemente de para quien trabaje, debe estar inmunizado para poder atender a enfermos. "El interés público no solo no se ve perjudicado por la adopción de esta medida cautelar urgente, si no que se ve reforzado en la medida en que la función de cualquier médico situado 'en primera línea' (sea público o privado) es la de salvar vidas ajenas y ello pasa necesariamente por cuidar de la propia salud y vida de quienes deben salvar la de otros", explica el juzgado alicantino.
El procedimiento legal que ha llevado a cabo el Colegio de Médicos de Alicante, sin embargo, tiene limitación territorial. La sentencia, aunque abre precedente para cualquier otra provincia que quisiera denunciar esta situación si se produce, se limita solo a la provincia de la que emana la sentencia. "Si bien el ámbito territorial de la administración autonómica valenciana abarca las tres provincias de la Comunidad Autónoma, la presente medida solo puede acordarse al personal sanitario privado de Alicante, al no poder dar extraterritorialidad de la petición al personal sanitario privado de las provincias de Valencia y Castellón", afirma el juzgado.