
El Ministerio de Cultura detectó numerosas irregularidades en SEDA, la Sociedad Española de Derechos de Autor, la nueva entidad que competirá con la SGAE. Aunque el ministro José Manuel Rodríguez Uribe le concedió la autorización el pasado 31 de agosto para operar un informe previo del propio ministerio fechado el día 3 alertaba que los estatutos de la firma vulneran varios artículos de la Ley de Propiedad Intelectual, pone en entredicho su modelo y asegura que no hay garantías suficientes sobre su viabilidad. SEDA asegura, sin embargo, que todo se corrigió y los estatutos se adaptaron a las exigencias del ministerio.
En el informe, que está firmado por Carlos Guervós Maillo, subdirector general de Propiedad Intelectual, se aseguraba, por ejemplo, que frente a lo que establece el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), "los estatutos de Seda no contienen el contenido mínimo obligatorio exigido" sobre la constitución de órganos de gobierno y representación, omitiendo además el derecho de los socios "a recibir información sobre las actas de la asamblea general de la entidad".
Y frente a lo que marcan los estatutos de la entidad, que establecen que "los socios fundadores y los que adquieran la condición de socio durante el primer ejercicio de SEDA y que confieran la gestión de todos los derechos que la misma gestiona, obtendrán un voto", Cultura entiende que "esta atribución de un voto adicional es discriminatoria para los futuros miembros".
Asimismo, los estatutos de SEDA también omiten la regulación mínima que establece la Ley respecto al "procedimiento de tratamiento y resolución de reclamaciones y quejas planteadas por los miembros". Además, y aunque el TRLPI establece que la gestión de derechos encomendada a una entidad de gestión no debe impedir a su titular conceder autorizaciones no exclusivas para el ejercicio no comercial de los mismos, los estatutos de SEDA no regulan las condiciones del ejercicio derecho.
El subdirector general de Propiedad Intelectual recuerda, por otro lado, que la Ley recoge que los estatutos de una entidad de gestión deben de regular el régimen disciplinario y avisa de que en el caso de los de SEDA "no puede considerarse suficiente, pues deja sin concretar aspectos tan básicos como los plazos del procedimiento". Y por si fuera poco, "los estatutos omiten indicar expresamente, como indica el TRPLI, que en la votación por la asamblea general de sanciones de exclusión de miembros deberá aplicarse el régimen de voto igualitario".
Desde SEDA insisten en que todos estos puntos se han corregido en los estatutos, pero fuentes próximas al ministerio niegan que haya un nuevo informe favorable y una portavoz del mismo confirma, de hecho, que "lo que hay y lo que vale es la resolución del ministro".
El crecimiento no está garantizado
Según Cultura, "en la documentación aportada por Seda no consta el repertorio de autores y editores que la han fundado ni tampoco el de las personas que han asegurado haber apoyado el proyecto", por lo que "es imposible contrastar la fiabilidad de las cuantificaciones de cuotas de mercado" previstas por la entidad. Además, sus previsiones de crecimiento y viabilidad no se basan en ningún estudio, sino solo "en criterios meramente voluntaristas". El Ministerio pone en duda también su plan de externalización de la gestión.