Empresas y finanzas

Anulado el primer laudo perdido por España por los recortes a las renovables

  • El Banco Mundial detecta un conflicto de intereses en uno de los árbitros
  • El fallo condenaba al país a pagar 128 millones más intereses a Eiser
Central de energía solar termoeléctrica. Imagen: Archivo

El Banco Mundial ha anulado el primer laudo contrario a España por los recortes a las renovables, que condenaba al país a indemnizar con 128 millones de euros al fondo Eiser, porque ha encontrado un conflicto de intereses en el árbitro propuesto por el demandante.

El Comité ad hoc del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Sobre Inversiones (Ciadi), la Corte de arbitraje del Banco Mundial, que revisaba el laudo fallado en 2017 a petición de España, ha dictaminado que el búlgaro Stanimir A. Alexandrov, árbitro propuesto por los demandantes, el fondo británico Eiser Infrastructure Limited y su filial Energia Solar Luxembourg, mantenía relaciones comerciales con el despacho de abogados de los demandantes, Allen & Overy, y con los peritos presentados por ellos.

En consecuencia, a la vista del conflicto de intereses, el Ciadi ha decidido anular el Laudo, el primero de los cerca de 50 pleitos internacionales mantenidos por España con inversores extranjeros por el referido recorte retroactivo a las fuentes verdes, que, en conjunto, reclaman al país más de 10.000 millones en varios tribunales.

España aún no ha pagado nada

Cada caso es distinto y España no los ha perdido todos -ganó dos en diciembre a la eléctrica pública de Múnich y al fondo BayWa-, pero el balance es claramente negativo: a finales del año pasado el país había recibido condenas por 821 millones, aunque los vencedores de estos pleitos reclamaban unos 1.700 millones. Ahora bien, el país aún no ha desembolsado cantidad alguna, porque los juicios están todavía abiertos.

El caso de Eiser es muy particular, porque fue el primero que perdió el país, y porque el fallo de los árbitros, ahora anulado, era incoherente: los jueces condenaron a España por un recorte inexistente, puesto que las instalaciones afectadas, tres plantas termosolares, dos en Andalucía y una en Extremadura, cobraron más que antes de que se aplicara la legislación impugnada; los recortes a sus ingresos se habían producido con normas anteriores.

Sea como fuere, para acabar con los pleitos, la erosión a la imagen del país y las dudas sobre su seguridad jurídica, el Gobierno aprobó el pasado mes de noviembre el Real Decreto-ley 17/2019, que permite a los demandantes mantener una rentabilidad del 7,4% hasta 2031 si renuncian a sus demandas; en caso contrario, la rentabilidad será del 7,1% hasta 2025 y después se reducirá hasta el entorno del 4,5%.

Para los interesados en percibir el 7,4% durante 12 años, la norma otorga de plazo hasta el próximo 30 de septiembre para notificar al Ministerio para la Transición Ecológica la conclusión anticipada de los procedimientos arbitrales en curso, la renuncia a reiniciarlos y el rechazo de la indemnización que pudiera corresponder, en caso de haberse obtenido un fallo favorable.

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