Empresas y finanzas

La Justicia pone en duda el criterio del Gobierno para dar los ERTE por fuerza mayor

  • Señala que un sector, aunque sea esencial, puede acogerse si su actividad ha caído
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.

Un Juzgado de lo Social de Murcia pone en duda el criterio del Gobierno para definir qué sectores pueden o no acogerse a los ERTEs por fuerza mayor y beneficiarse así de la agilidad y la exención del pago de las cuotas de la seguridad social que llega al cien por cien en el caso de las empresas pequeñas y medianas.

En una sentencia publicada el pasado 1 de junio, la magistrada María Hernán decreta que las empresas Variante de Murcia y Talleres Automóviles La Variante (Grúas La Variante), que se dedican al rescate o auxilio en carretera, tienen derecho a acogerse al ERTE por fuerza mayor por los efectos que el estado de alarma ha tenido en su actividad, aunque el Ejecutivo ha decretado que el servicio de grúas es esencial y en la mayor parte de las ocasiones ha negado expresamente los expedientes a las empresas del sector.

La juez señala que las grúas tienen derecho a acogerse al ERTE por fuerza mayor por la caída de la actividad

"Se entiende que concurre en el supuesto de Fuerza Mayor Impropia que regula y describe el estado de Alarma aunque la actividad y los descriptores de esta actividad empresarial no encajen exactamente en el elenco de actividades que el Gobierno decretó el cierre. No es posible una enumeración total de las actividades que se han visto limitadas por la situación decretada como Alarma, pero ello no equivale a que situaciones como la descrita no se entienda que está claramente encuadrada, su baja actividad, en la situación de confinamiento y prohibición de circulación y movimiento que sí ha decretado y era/es la esencia del Estado de Alarma", señala la magistrada.

Las empresas murcianas, que son del mismo grupo, presentaron el ERTE por fuerza mayor el pasado 20 de marzo alegando que su actividad había caído entre un 80% y un cien por cien tras prohibirse la libre circulación de vehículos. El expediente ha sido aprobado por silencio administrativo ya que la dirección de trabajo de Murcia no contestó en los cinco días hábiles que contempla la ley, pero un trabajador recurrió el ERTE porque las grúas se consideran servicio esencial y consideraba que no tenía derecho. El juez no le ha dado la razón. La sentencia se puede recurrir.

El SEPE ha denegado cientos de solicitudes por ser un servicio esencial

"La sentencia viene a apoyar a las empresas de este sector que han presentado estos ERTEs, de los que muchos han sido denegados por el Servicio Público de Empleo (SEPE), abriendo una solvente vía de recurso para todas estas empresas a las que se les haya denegado la declaración de ERTE por fuerza mayor derivada de Covid-19, a fin de que hagan valer su derecho", señalan las asociaciones Red de Empresas de Auxilio en Carretera y Agrupación de Profesionales de Auxilio en Carretera en un comunicado.

Ambas agrupaciones llevan meses reclamando al Gobierno que permita a las empresas que se dedican al auxilio en carretera acogerse este tipo de regulaciones de empleo y, aunque la DGT les ha dado la razón, el Ministerio de Transporte se limitó a señalar que Trabajo es quien debe pronunciarse. El Ministerio no ha contestado.

¿Qué pasa con las mercancías?

Las grúas no son el único sector que se ha visto directamente afectado por la hibernación de la economía y las restricciones a la movilidad y que son consideradas esenciales. Hay muchas empresas que han sido obligadas a mantener la actividad sin clientes y que no pueden beneficiarse de este ERTE excepcional tan fácilmente aunque los supuestos se han ido modificando para ampliar su aplicación. Hay otras que no son esenciales, como la agencias de viaje o los proveedores de personal, que tampoco pueden, aunque sus clientes tuvieran prohibido operar.

Por ejemplo, en el caso del transporte de mercancías, las asociaciones han solicitado que la causa de fuerza mayor se extendiese a su sector para las empresas que han visto como sus clientes han tenido que cerrar por orden del Gobierno. Este es el aso de las compañías que, a pesar de formar parte del colectivo de esencial, se dedican a abastecer hoteles, restaurantes, tiendas, automoción y se quedaron sin actividad. El Ejecutivo de Pedro Sánchez nunca ha contestado a su petición.

"La regulación técnicamente no es lo suficientemente clara, genera cierta inseguridad jurídica, y ha dado lugar a resolución contradictorias"

"La limitación de los ERTEs por fuerza mayor no ha sido acertada", señalan fuentes del sector. Y es que, la regulación tampoco es del todo clara por lo que en un mismo sector hay empresas que se han podido beneficiar y otras que no al no existir una prohibición expresa. Por ejemplo, en la logística, donde sólo crece el comercio online, hay empresas que lo han hecho si se dan las condiciones de aplicación y otras que en las mismas circunstancia no lo han conseguido. "La cuestión es que la regulación técnicamente no es lo suficientemente clara, genera cierta inseguridad jurídica, y ha dado lugar a resoluciones contradictorias pues en casos similares se ha aprobado la fuerza mayor y en otros se ha denegado", señala la patronal UNO Logística, que explica que por eso se han aplicado muchos ERTES por causas objetivas, que tienen menos restricciones.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya ha advertido que se va a revisar la aprobación de los ERTES por causa mayor que se liberaron por silencio administrativo.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky