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El CSN relaja sus exigencias al sector nuclear por el coronavirus

  • No reclamará medidas coercitivas por incumplimientos justificables que no afecten a la seguridad
Imagen de una central nuclear. Foto: Archivo.

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha decidido relajar sus exigencias de vigilancia y control a la industria atómica por la situación excepcional: no propondrá al Ejecutivo acciones coercitivas en aquellos casos en que se incumplan obligaciones de un modo formal y justificable y no tenga impacto en la seguridad nuclear o radiológica, como puedan ser retrasos en la remisión de informes periódicos o el pago de ciertas tasas.

El Organismo dirigido por Josep María Serena i Sender ha emitido un comunicado con relación al cumplimento de los requisitos establecidos de seguridad nuclear y protección radiológica durante la pandemia provocada por el Covid-19. La entidad señala que no tiene capacidad para "eximir de forma genérica del cumplimiento de requisitos" establecidos en leyes, reglamentos u otra normativa promulgada por el Gobierno central o los autonómicos.

Sin embargo, continúa, "en los casos que el CSN considere que el incumplimiento es justificable por la situación creada por la pandemia y ha sido meramente formal o sin impacto apreciable en la seguridad nuclear o radiológica, se abstendrá con carácter general de emprender o proponer acciones coercitivas de ningún tipo".

El organismo plantea, como ejemplo, "pero sin que constituya una lista completa", la remisión de informes periódicos requeridos en autorizaciones o reglamentos, la impartición de cursos de formación preceptivos, el pago de ciertas tasas, la recogida o el análisis de determinadas muestras ambientales o el cambio mensual de dosímetros personales.

Sus Instrucciónes siguen vigentes

No obstante, el CSN deja claro que todos los requisitos que ha establecido, como Instrucciones de todo tipo, o autorizaciones y licencias concedidas, siguen vigentes y la evaluación de solicitudes presentadas continúan su curso.

No obstante, se considera justificada por las acciones derivadas de la pandemia la suspensión en el cumplimiento de obligaciones derivadas de esas Instrucciones, autorizaciones y licencias, que sean meramente formales o sin impacto apreciable en la seguridad nuclear o radiológica, así como aquellas que teniendo un impacto menor pudieran entrar en contradicción con protocolos sanitarios de impacto más directo implementados por la autoridad sanitaria.

También a título de ejemplo, la entidad cita la renovación de licencias de operación y trámites asociados, los reconocimientos médicos, la renovación o uso de carnés radiológicos y obligaciones asociadas a su vigencia, los reconocimientos médicos, respuestas a petición de información adicional con relación a la evaluación de solicitudes, plazos de respuesta a apercibimientos…

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