Barcelona, 16 nov (EFECOM).- La Audiencia Nacional declara que los descansos diarios o entre jornadas, de doce horas, y el descanso semanal de día y medio de los trabajadores de la compañía Makro no pueden confundirse o solaparse.
El tribunal estima así la demanda interpuesta por CCOO contra la empresa de distribución mayorista Makro, donde la "práctica habitual era la de reducir o neutralizar en parte los descansos diarios y semanales de los trabajadores", ha informado hoy el sindicato catalán.
La sala de lo social de la Audiencia Nacional estima que los descansos semanales de 36 horas y el descanso diario o entre jornadas, de 12 horas, deben disfrutarse de forma íntegra y completa, acumulándose los dos descansos en un lapso temporal de 48 horas.
Después de una sentencia parecida que regulaba los descansos de los trabajadores del grupo Leroy Merlín, CCOO de Cataluña ha constatado que se trata de la segunda sentencia de estas características en el sector del comercio, "por lo que marca un antes y un después". EFECOM
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