Empresas y finanzas

La triquiñuela de los consumidores directos de electricidad se triplica en dos años

  • Un hueco legal les permite endilgar al resto de consumidores más de 5 millones al año
  • No pagan Bono Social, ni el Fondo de Eficiencia, ni ciertos impuestos municipales
  • Ya representan el 2,5% de la demanda, y el 5% del segmento industrial
Tendidos el?ctricos de alta tensión. Foto: Archivo.

Los consumidores directos al mercado eléctrico han triplicado su peso en los últimos dos años y ya representan el 2,5% de la demanda nacional. Gracias a un resquicio legal, evitan el pago varios conceptos, como el Bono Social, y se lo traspasan al resto de consumidores, incrementando sus facturas; esta trasferencia superó el año pasado los 5 millones de euros.

Un consumidor directo es aquel que adquiere la electricidad en el mercado mayorista -también conocido como pool-, prescindiendo de los servicios de una empresa comercializadora, tras acreditarse ante el Operador del Mercado Ibérico de la Electricidad (Omie) y ante el Operador del Sistema (REE). En teoría, con ello asume el riesgo de la oscilación de los precios del mercado -incluyendo las penalizaciones por desvíos- y debe aplicarse en gestionar esta actividad, realizando ofertas, emitiendo facturas, presentando garantías...

A cambio de operar directamente en el pool, los consumidores directos no están sujetos a las obligaciones de las comercializadoras de contribuir al pago del Bono Social ni al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE), y tampoco pagan la tasa municipal que ingresan los ayuntamientos por el suministro de energía en su localidad, que equivale al 1,5% de la facturación total, excluyendo el peaje de acceso.

Ponderando esos inconvenientes y ventajas, se supone que ser consumidor directo sólo interesa a empresas de gran tamaño, con un consumo relevante -mayor de 4 GWh anuales- y con recursos para realizar las gestiones en el pool; por ejemplo, una industria acogida a las tarifas de alta tensión de seis períodos, puede ahorrar alrededor de 1 euro por MWh.

260 empresas registradas

Según los datos de Omie, el número de consumidores directos ha ido creciendo en los últimos ejercicios, hasta alcanzar los 260 a finales del año pasado, bastante cerca de los 362 comercializadores registrados en el mercado libre. Y de acuerdo con los datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), del último Informe del mercado minorista de la electricidad, si en 2017 representaron el 1,6% del consumo total -el 3,3% del industrial-, en 2018 ya demandaban el 2,5% de la energía total, con el 5,1% en el segmento industrial.

Ahora bien, resulta que la legislación permite que los consumidores directos contraten a un tercero para que opere por ellos en el pool, un agente de mercado, que muy bien puede ser una comercializadora que ejerza de representante, es decir, con un simple cambio de gorra de su intermediario, se pueden ahorrar el pago de las obligaciones vinculadas al sistema convencional, sin que suponga una carga extra para ellos. Sin considerar los impuestos que dejan de pagar, se ahorraron más de 5 millones sólo el último año.

Así, es muy llamativo que crezca el número de pymes registradas como consumidores directos -en 2018 representaron el 0,4% del consumo, el doble que el año anterior-, algo que revela el creciente uso de la triquiñuela de contratar un agentes en lugar de un comercializador.

El asunto lo denuncia la CNMC desde hace años, insistiendo en que la situación es "incoherente" con la finalidad de las obligaciones ligadas a participar en el pool. Por ejemplo, la normativa de eficiencia energética europea -de la que deriva el FNEE- persigue aprovechar al máximo el potencial de ahorro de energía, aplicando un planteamiento integrado sobre todo el consumo de energía, sin excepciones.

El Regulador insiste en que para evitar "tratos discriminatiorios" -no hay forma de justificar que unos paguen el Bono Social y otros no- debe cambiarse la legislación para extender todas las obligaciones vinculadas a demandar energía en el pool a todos los sujetos, con independencia de la clasificación jurídica con la que se haga.

Y apostilla que con ese cambio normativo "se evitaría que el coste del Bono Social y la aportación al Fondo de Eficiencia Energética sea financiada por un colectivo cada vez menor, el suministrado por las comercializadoras", añadiendo que "con la correspondiente implicación de aumento de precios o pagos explícitos, en las facturas de sus clientes".

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