
El Tribunal Supremo ha rechazado los últimos intentos de las concesionarias de las autopistas de peaje que quebraron y asumió el Estado para conseguir que se les compense por la caída de los tráficos. El Alto Tribunal, en recientes sentencias, ha desestimado todos los recursos resueltos en los que reclamaban a la Administración unos 125 millones de euros más intereses. Algunas sociedades abrieron una nueva vía legal a comienzos de año que tampoco ha fructificado; otras optaron por recurrir en casación, con idéntico resultado.
En concreto, en las últimas semanas el Supremo ha desestimado las demandas interpuestas por la representación procesal tanto de Autopista Madrid Sur, concesionaria de la R-4 Madrid-Ocaña, como de Autopista Madrid Levante, operadora de la AP-36 Ocaña-La Roda, contra la desestimación presunta de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial formuladas al consejo de ministros por los perjuicios producidos por no asumir la cuenta de compensación y préstamo participativo establecidos en la Disposición Adicional Octava de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre.
En el caso de la R-4, la demanda ya resuelta se refiere a los ejercicios 2012 y 2013, mientras que en el de la AP-36, en dos recursos separados, a 2013 y 2015. La Autopista Madrid Sur reclama 44,5 millones más intereses por la cuenta de compensación y los préstamos participativos, al tiempo que la Autopista Madrid Levante fija la cifra en 34,7 millones más intereses. La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo abunda en sentecias pasadas y considera que "el derecho reclamado solo existe cuando se cumple, anualmente, el requisitopresupuestario establecido por la Ley para su nacimiento, habiendo sido el legislador el que, en el ejerciciode su poder normativo, no ha entendido procedente la obligación de establecer una partida anual al efecto,que queda abierta a la valoración de las disponibilidades presupuestarias en cada ejercicio".
El Alto Tribunal desestima los recursos por el impago de las compensaciones
Del mismo modo, el Supremo ha desestimado los recursos de casación presentados por Accesos de Madrid (R-3 Madrid-Arganda del Rey y R-5 Madrid-Navalcarnero) y Ciralsa (Circunvalación de Alicante) contra sendas sentencias de la Audiencia Nacional en 2016 en las que se impugnaba la resolución de Fomento de 26 de febrero de 2015, que desestimó las solicitudes de aprobación y posterior abono del importe de la cuenta de compensación de 2015, así como el otorgamientodel préstamo participativo. El importe reclamado asciende a 42,2 millones más intereses en el caso de Accesos de Madrid y a 12,6 millones en el de Ciralsa. El juez sí ha admitido, por el contrario, los recursos, en todos estos casos, de la Abogacía del Estado.
La batalla con los fondos
En 2010, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó la Disposición Adicional Octava de la Ley 43/2010, que establece una cuenta de compensación en varias concesionaes de autopistas de peaje, entre las que se encuentran las ocho que entraron hace años en concurso de acreedores (radiales 2, 3 y 5, y 4, Cartagena-Vera, Eje Aeropuerto, Ma-drid-Toledo, Ocaña-La Roda y Circunvalación de Alicante). En virtud de ésta, durante un periodo de tres años, la sociedad consignará anualmente la diferencia entre los ingresos de peaje que se hubieran producido de haberse alcanzado el 80% del tráfico previsto en el plan económico financiero presentado en la oferta de licitación y los ingresos derivados del tráfico real. En 2011, esta partida ascendió a 80,1 millones, pero a partir de 2012 se dejó de pagar, lo que desató una oleada de recursos por parte de las concesionarias.
Al margen de estas disputas, el Estado aún tiene que concretar la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) por el rescate de las nueve autopistas. Los fondos que compraron la deuda estiman un importe superior a los 4.000 millones; el Estado, 1.800 millones.