
Todo apunta a que el Gobierno prorrogará mañana los Presupuestos de 2016. Se trata de una medida in extremis, necesaria para cumplir nuestras obligaciones con la UE. No en vano, Bruselas exige tener en su poder, el día 15, unas nuevas cuentas del Estado o, en su defecto, una hoja de ruta en la que se especifique cómo proseguirá la reducción del déficit público.
Dada su situación de interinidad, lo más parecido a esta última opción, a la que España pueda aferrarse, es la prórroga presupuestaria. Con todo, la extensión de las Cuentas no resuelve todos los problemas; de hecho, plantea uno tan serio como es la posibilidad de que el Impuesto de Patrimonio no se pueda aplicar en ninguna parte de España en 2017.
Sin duda, pocos tributos son tan cuestionables. Su razón de ser es gravar la mera posesión de riqueza, por lo que no puede extrañar que una autonomía, Madrid, opte por bonificarlo todos los años y hacer así que no se aplique. De hecho, se encuentra sobre el papel derogado desde 2008. Ahora bien, ante la gravedad de la crisis, a partir de 2011 se dio libertad a las autonomías para que lo recuperaran. Esa autorización, con todo, se tiene que refrendar cada año mediante un añadido a los Presupuestos.
La addenda a las cuentas de 2016 sólo rige para este ejercicio, así que su extensión a 2017 requiere de un decreto-ley específico que Hacienda aún no concreta si impulsará. Urge aclarar esta incertidumbre cuanto antes. No en vano los expertos aseguran que la eliminación inesperada de Patrimonio puede llevar a las autonomías a abrir complicados procesos judiciales, susceptibles de llegar al Constitucional. El resultado más probable de esos contenciosos es que el Estado tenga que afrontar onerosas compensaciones para estos territorios.