Economía

Hacienda inicia una campaña de avisos a las fundaciones para que declaren

  • Los Economistas consideran que estas campañas son una "modernidad"
Mesa de ponentes en la presentación del informe del Impuesto sobre Sociedades. EE

Jesús Sanmartín, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo de Economistas, ha anunciado que la Agencia Tributaria (Aeat) está realizando una campaña sobre fundaciones y otras entidades parcialmente exentas en el Impuesto de Sociedades para saber qué operaciones y actividades tienen y que tributen por lo que corresponda.

La Aeat ha hecho coincidir el envío de requerimientos para saber qué operaciones y actividades presentan estas fundaciones y entidades exentas, con el inicio de la Campaña de declaración del Impuesto sobre Sociedades, que se extiende desde este lunes 1 de julio hasta el próximo jueves 25 de julio.

Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas,  ha señalado que estas remisiones, como las enviadas a las pequeñas y medianas empresas "son un acto de modernidad, que han venido reclamando los asesores fiscales para saber que datos sectoriales tiene la Aeat. Por eso no entendemos los aspavientos que algunos han realizado".  

El Consejo General de Economistas (CGE), que ayer presentó un informe sobre el Impuesto sobre Sociedades, descarta que los ingresos por este tributo vuelvan a los niveles previos a la crisis (44.823 millones en 2007) y considera que la recaudación es coherente con la situación de las empresas y está en línea con la de los principales países europeos, en una horquilla más ajustada se sitúa entre los 20.000 y los 25.000 millones de euros. 

Por su parte, Luis del Amo, secretario técnico del REAF, ha explicado que las cifras de recaudación por Sociedades previas a la crisis no sirven de referencia, puesto que la recaudación de 24.838 millones de 2018 se sitúa en niveles normales para otros Estados de la UE.

Así lo ha puesto de manifiesto Del Amo durante la presentación del documento "Declaración de sociedades 2018", elaborado y presentado por el Reaf, que ve la ratio tipo efectivo (cuota líquida sobre beneficio) engañosa, especialmente en grupos, ya que los grupos compensan bases imponibles positivas y negativas.

Del Amo ha afirmado también que las cifras de recaudación por Sociedades previas a la crisis no son "de referencia", y ha apuntado que la recaudación de 24.838 millones obtenida el año pasado se sitúa en parámetros "normales", ya que la horquilla más ajustada se sitúa entre los 20.000 y los 25.000 millones de euros.

El Impuesto de Sociedades es el único tributo que en la actualidad no ha visto recuperados los niveles de recaudación previos a la crisis económicas.

En concreto, en 2018 se recaudaron 24.838 millones de euros, un 7,32% más que en 2017, pero un 44,2% menos respecto a los 44.523 recaudados en 2007, mientras que el Impuesto sobre la Renta aportó 82.859 millones en 2018, un 14,11% más sobre los 72.614 millones de 2007, y el IVA recaudó 70.177 millones, un 25,65% más que en 2007 (55.850 millones). 

Jorge Onrubia, investigador asociado de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), por su parte, ha advertido que la previsible aprobación de un nuevo impuesto digital unilateral en España no es una medida demasiado razonable ni técnicamente muy deseable, porque generará efectos de deslocalización, recomposición de grupos y cambios de estructuras. 

Sin embargo, sí que ha augurado que el futuro del Impuesto, a nivel global, es el de un Impuesto sobre Sociedades tradicional para las empresas de ámbito nacional y otros impuestos complementarios, del estilo de la 'Tasa Google' para las empresas multinacionales digitalizadas.

Entre las novedades del ejercicio se destacan las siguientes: la nueva modificación del 'patent box' y el consiguiente régimen transitorio; la desaparición del programa de ayuda y su sustitución por "Sociedades web"; medidas que afectan a la banca, como la integración por terceras partes de los ajustes de primera aplicación de la nueva Circular contable del Banco de España; y la no deducibilidad del pago de AJD en préstamos hipotecarios o las que derivan de los cambios en el régimen fiscal especial canario.

En cuanto a aspectos a tener en cuenta, los fiscalistas del REAF dan un repaso a los criterios para considerar que el arrendamiento de inmuebles constituye actividad económica; a la percepción que tiene la AEAT de las sociedades con actividad profesional o de las sociedades 'patrimoniales'

También, es preciso recordar los últimos pronunciamientos judiciales que inciden en la deducibilidad de las retribuciones de los administradores societarios; se advierte de la posición del Tribunal Económico Administrativo Central TEAC sobre la compensación de bases negativas y sobre la deducibilidad de los intereses de demora de actas de inspección; o se detallan las menciones obligatorias de cuestiones fiscales que han de figurar en la Memoria de las Cuentas Anuales.

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