Economía

El Tribunal de Cuentas detecta pagos del Imserso a un centenar de pensionistas fallecidos

  • La entidad financiera devolvía los cobros erróneos mensualmente e insistía
  • Las deudas descubiertas se comunican a la Seguridad Social con 138 días de retraso
  • El período fiscalizado está entre diciembre de 2015 y el mismo mes de 2016
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El Tribunal de Cuentas ha detectado entre diciembre de 2015 y el mismo mes de 2016 pagos del Imserso a cerca de un centenar de pensionistas fallecidos. La entidad financiera devolvía los cobros erróneos mensualmente y aún así, insistían. Algunos de los fallecidos lo eran desde el año 1999.

¿Dónde se han dado estos casos? El órgano fiscalizador apunta a cuatro supuestos en Castilla-La Mancha, 23 en Andalucía y 66 en la Comunidad Valenciana.

En los trabajos de fiscalización se ha contrastado la información que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE) sobre fallecidos con las nóminas de prestaciones correspondientes a los meses de diciembre de 2015 y diciembre de 2016, se han detectado beneficiarios que estaban incluidos en nómina a pesar de que figuraban como fallecidos en los registros del INE.

Así, el Tribunal de Cuentas habla de 65 casos en Castilla-La Mancha, 186 en Andalucía, 234 en la Comunidad Valenciana y 94 en la Comunidad de Madrid, ascendiendo los importes no recuperados a la fecha de finalización de los trabajos de fiscalización, respectivamente, a 6.618,20 euros, 54.257,57 euros, 8,2 millones de euros y 33.677,36 euros).

Los trabajos efectuados han permitido descubrir debilidades en el sistema de control debido a que no se han detectado determinados supuestos de percepciones indebidas, derivados de diversas circunstancias como el fallecimiento del solicitante entre el momento de la solicitud y el de la resolución de concesión (5 casos en Andalucía y 6 en la Comunidad Valenciana).

También se producen percepciones indebidas (10 supuestos en Andalucía, 2 en la Comunidad Valenciana y 3 en la Comunidad de Madrid) o duplicadas (2 casos en Andalucía, 2 en la Comunidad Valenciana y 2 en la Comunidad de Madrid) del complemento a favor de pensionistas no contributivos que residen en vivienda alquilada.

Y, además, se da, también, la percepción de prestaciones incompatibles (6 supuestos en la Comunidad Valenciana, en uno de los cuales se superan los trece años de percepción duplicada, y 1 caso en la Comunidad de Madrid durante al menos 9 años).

Retrocesiones bancarias

En relación con el procedimiento de retrocesiones bancarias de nóminas emitidas a favor de fallecidos, en la fiscalización se detectaron estas operaciones por un periodo exacto de cuatro años, lo cual ha supuesto no haber recuperado por prescripción al menos 58.049,41 euros en Andalucía (además de un importe por determinar correspondiente a otro perceptor), 39.489,38 euros en la Comunidad Valenciana y 11.649,87 euros en la Comunidad de Madrid.

Asimismo, se ha observado un retraso superior a seis meses en la tramitación de las retrocesiones del año 2016, retraso que podría tener incidencia en el cómputo de los plazos de prescripción (esto se ha observado en un 14,19 % de los expedientes en Andalucía y en un 18,06 % de los expedientes en la Comunidad Valenciana).

Por otra parte, se ha detectado que en cuatro CCAA no se efectúa un seguimiento adecuado de la información mensual de nóminas impagadas, circunstancia que adquiere mayor relevancia cuando el motivo del impago es el fallecimiento, puesto que existen supuestos de pensionistas fallecidos cuyas nóminas han sido devueltas reiteradamente como impagadas por las entidades financieras.

Recuperación de deudas

La Tesorería General de la Seguridad Social  (TGSS) recuperó 19,4 millones de euros en 2016 de pensiones no contributivas y prestaciones sociales por incapacidad indebidamente percibidas. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas, en su informe sobre ese ejercicio, denuncia que el Imserso tan solo revisa en torno a un 61,83 % del colectivo, lo cual supone que parte de la deuda haya prescrito.

En la Comunidad de Madrid, este porcentaje baja al 34,35%,lo que supone un nivel de detección de beneficiarios descubiertos del 0,32 %, muy por debajo de la media nacional (1,86 %).

En el caso de la Dirección Provincial de Toledo, no se han efectuado revisiones anuales desde el año 2012. En las Direcciones Territoriales de Cádiz y Sevilla, los cuales los porcentajes de revisión, respectivamente, no llegaron al 25% y al 50%, justificándolo en todos los casos en un acusado déficit de personal.

Por lo que se refiere a la Comunidad Valenciana, se han detectado graves deficiencias en el sistema de control interno, puesto que en el último trienio, las Direcciones Territoriales de Valencia y de Alicante no han efectuado la preceptiva revisión anual, y durante los siete años anteriores se ha realizado en porcentajes manifiestamente bajos, circunstancia especialmente grave puesto que el derecho a la pensión no contributiva depende, entre otros aspectos, de los ingresos del beneficiario y de la unidad económica de convivencia, los cuales deben ser declarados por los beneficiarios en la revisión anual.

Además, la TGSS no tiene habilitada una transacción informática para que las CCAA le comuniquen los datos sobre las deudas, sino que esta comunicación se realiza en soporte papel, demorando el tiempo que transcurre desde que la deuda es notificada hasta que se da de alta en el Fichero General de Recaudación (FGR).

El informe denuncia un registro contable de estos deudores incumple los principios de devengo y no compensación puesto que no supone la correlativa contabilización de un ingreso en la cuenta de resultados en el momento de la emisión de la resolución por la que se declara la existencia de la deuda, sino posteriormente cuando se realiza el cobro, el cual se imputa como menor gasto del ejercicio en el que se produce.

En la Comunidad de Madrid se ha detectado que no se solicita el reintegro de los cobros indebidos anteriores a la fecha de la revisión, procediendo exclusivamente regularizar la cuantía a partir de ese momento; que en las revisiones anuales efectuadas en 2016 con efectos de extinción o modificación a la baja de la cuantía, no se ha reclamado importe indebido alguno; y que en los supuestos en los que el beneficiario no presenta la declaración anual, no se efectúa el segundo requerimiento establecido a estos efectos.

Por otra parte, en Andalucía se detectaron siete expedientes en los que se ha dejado de solicitar el reintegro, por un importe total de 14.428,20 euros, como consecuencia de la resolución de la revisión anual fuera del plazo previsto.

Tramitación de los deudores

Por otra parte, el Tribunal de Cuentas ha detectado diversos incumplimientos, entre los cuales destaca el hecho de que, para aquellos expedientes en los que constan datos, el período medio transcurrido desde que la resolución es firme hasta que la deuda se comunica a la TGSS para su recaudación es de 138,5 días en Castilla-La Mancha, 138,5 días en Andalucía, 152,13 días en la Comunitat Valenciana, y 154,08 días en la Comunidad de Madrid.

En esta última Comunidad, además, se han detectado dos expedientes que no consta que se hayan enviado a la TGSS para su recaudación (16.773,10 euros), 21 expedientes que, aunque el órgano gestor indica haberlos tramitado, la TGSS no confirma este dato (33.196,15 euros), y 2 expedientes que se remitieron a la TGSS con un retraso superior al año.

Por lo que se refiere al resto de Comunidades Autónomas, en el contraste entre la información sobre fallecidos elaborada por el INE y las nóminas de prestaciones correspondientes a los meses de diciembre de 2015 y diciembre de 2016, se ha constatado la existencia de pensionistas incluidos en la nómina que figuraban como fallecidos en los registros del INE (134 en Canarias, 26 en Cantabria, 36 en Cataluña y 208 en Galicia).

Los importes no recuperados a la finalización de los trabajos de fiscalización por esta circunstancia son: 830,84 euros en Canarias, Cantabria no aporta este dato, 44.680,41 euros en Cataluña y 5.511,50 euros en Galicia.

Asimismo, en Canarias no se efectúa un adecuado seguimiento de la información mensual de nóminas impagadas, que adquiere mayor relevancia cuando el motivo del impago es el fallecimiento, puesto que en la fiscalización se han detectado 54 pensionistas para los que las entidades financieras habían devuelto como impagadas más de diez nóminas.

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