Economía

El Tribunal de Cuentas ve descontrol entre la Seguridad Social y las mutuas

  • La entidad pública, incapaz de recuperar prestaciones mal abonadas
Foto: Archivo

El Tribunal de Cuentas ha denunciado la existencia de fallos en la recuperación de prestaciones indebidamente abonadas entre la Seguridad Social y sus mutuas colaboradoras, pues si bien estas comunican que los expedientes de deuda han sido remitidos a la Tesorería General para la gestión de su cobro, ésta última manifiesta no tener conocimiento de los mismos.

Así lo reveló este martes, durante su comparecencia ante la Comisión Mixta -Congreso y Senado- para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, su presidente, Ramón Álvarez de Miranda, que explicó que no se encuentra regulado específicamente el procedimiento de reclamación del reintegro de prestaciones indebidamente abonadas a los trabajadores por parte de las mutuas que, además, tampoco han aplicado supletoriamente la normativa administrativa general.

Respecto a la recuperación de los deudores derivados de responsabilidad empresarial, aunque no ha existido duplicidad, se han detectado supuestos en los que la devolución a las mutuas de capitales coste constituidos en concepto de anticipo, se ha realizado indebidamente mediante compensación.

Cantidades millonarias

Así, en la Mutua Fraternidad-Muprespa figuran registrados en el inventario correspondiente a 2015, 18 expedientes, por un total de 2 millones de euros, en los que la identificación del deudor contiene errores. Por su parte, Ibermutuamur registró en el inventario 57 expedientes de deuda por responsabilidad empresarial, por importe de 289.867 euros, a nombre de empresas que han sido dadas de baja en la Seguridad Social por carecer de trabajadores.

Álvarez de Miranda comentó que aún no se ha producido el desarrollo reglamentario del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en este ámbito. Ello provoca que las mutuas deban interpretar el plazo temporal a considerar para entender cuándo existe una morosidad prolongada y, además, que la actuación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no sea homogénea, tanto en la declaración de responsabilidad empresarial como en la declaración de insolvencia del empresario.

Además, se ha judicializado el proceso para determinar la existencia de responsabilidad empresarial; la entidad que debe declararla; y los casos en que el INSS se considera responsable subsidiario. Esta situación conlleva gastos jurídicos abonados con cargo a fondos públicos, lo que afecta al principio de eficiencia.

También, informó que en relación con los deudores por cobro indebido del subsidio por riesgo durante el embarazo, el motivo fundamental de su origen estriba en la falta de comunicación a las Mutuas de la fecha del parto, por el INSS, entidad competente para el reconocimiento del subsidio de maternidad, produciéndose una superposición de ambos subsidios, que son incompatibles entre sí. Además, los deudores por prestaciones de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social pueden corresponder a aquellos beneficiarios que hayan recibido alguna prestación sin tener derecho a ella o bien a los derivados de expedientes de responsabilidad empresarial. Estos últimos se deben a supuestos de falta de afiliación o alta del trabajador, de abono de cotizaciones en cuantía inferior a la debida o de no encontrarse al corriente en el pago de las cuotas.

Por lo que se refiere a los deudores por prestaciones indebidamente percibidas, su registro por las Mutuas no supone la correlativa contabilización de un ingreso en la cuenta de resultados, lo que no se ajusta a los principios contables de devengo y no compensación.

En el caso de los pagos indebidos del subsidio por incapacidad temporal, en su modalidad de pago delegado, su reintegro se registra igual que el de las prestaciones indebidamente percibidas, generando crédito en el presupuesto de gastos de las Mutuas colaboradoras, lo cual no es concordante con la Ley 42/ 1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.

107,3 millones de deuda de estas entidades

Fremap, Ibermutuamur y Fraternidad-Muprespa concentraron 46,5 millones de euros en deudas por prestaciones en 2015, el 43,4% de la deuda total de las mutuas colaboradoras, que ascendió a 107,3 millones. Respecto ala deuda por prestaciones derivadas de contingencias profesionales, por incumplimientos del empresario, las tres mutuas concentraban un total de 43,6 millones de euros, de los cuales Fremap concentró más de la mitad -24,4 millones-.

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