Economía

La pensión mensual del jubilado autónomo, 500 euros más baja: causas y soluciones

  • Se sitúa en los 707 euros al mes frente a los 1.202 del resto de trabajadores

Según los datos que mensualmente aporta el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la diferencia entre las pensiones de trabajadores por cuenta propia y ajena es enorme en todas las categorías. La de jubilación, en el caso del autónomo, es un 42% inferior. Pero lo mismo sucede con la pensión media del sistema (incluye Viudedad, Orfandad, A favor de familiares e Incapacidad Permanente), que en el caso de los trabajadores por cuenta ajena se sitúa ya en los 1.012 euros frente a los 636 euros de los autónomos, un 37% menos.

Pero, ¿por qué esas diferencias tan abultadas? ¿Qué explica que los trabajadores por cuenta ajena perciban, una vez se jubilan, una paga mensual equivalente al Salario Mínimo Interprofesional? Las razones son muy variadas, aunque la primera y más obvia es que una mayor parte del colectivo elige, para cotizar, la base mínima. Según datos de la Asociación de Trabajadores Autónomos ATA, casi 9 de cada 10 elige esta fórmula, "y ello impacta directamente en su jubilación futura", explica Celia Ferrero, vicepresidenta de esta organización.

Sin embargo, los motivos por los que una mayoría de trabajadores por cuenta propia elige pagar menos a la Seguridad Social no son tan evidentes. Ferrero cree que falta "pedagogía". "Incluso los propios funcionarios, cuando alguien se va a dar de alta como autónomo, le sitúan en la base mínima sin que ese futuro empresario sepa exactamente en qué puede derivar eso", explica. "Hace falta que expliquemos que el pago de la cuota no es impuesto, sino un seguro de protección que terminará garantizando una pensión digna en el futuro", añade la vicepresidenta de ATA, recordando que muchos autónomos no se plantean pagar más hasta que de repente se acuerdan de su jubilación.

Después, claro está, el resto de razones por las que una mayoría de trabajadores por cuenta propia elige la base mínima tienen que ver con los riesgos del emprendedor. Carencia de ingresos fijos, dependencia del ciclo económico, posibles retrasos en el cobro por la prestación de servicios... un sinfín de situaciones que, para alguien sin una posición cómoda, puede resultar muy nociva.

Posibles soluciones

Lo que los datos demuestran es que la imprevisiblidad en la actividad de los autónomos, así como la compleja maraña administrativa a la que se enfrentan, les deja en una posición de desventaja respecto al resto de trabajadores a la hora de jubilarse. Desde ATA insisten en la necesidad de incidir "en la pedagogía y la educación", algo que pasa por los poderes públicos, los medios de comunicación y los propios afectados, que conforman un colectivo de 3,6 millones de personas y que, en última instancia, son quienes generan más empleo.

Por otro lado, ATA y la otra organización más representativa entre los autónomos, UPTA, creen que se debe fomentar que el autónomo compatibilice el cobro de toda su pensión con el mantenimiento del empleo. Sería una medida favorable para el protagonista porque así podría optar al cobro futuro de una pensión más cuantiosa, y no perjudicaría al erario público, "que lograría más ingresos sin que le aumente el gasto".

Más: los colectivos piden que el autónomo pueda cambiar la base de cotización hasta cuatro veces en el mismo año y no dos, como sucede ahora. "Basta imaginar al dueño de un bar situado en alguna localidad de la costa, cuya actividad registra picos. En verano mucha clientela, en otoño menos, en invierno casi nada, en Semana Santa mucha de nuevo. Se beneficiaría mucho si pudiera ir cambiando su base con más frecuencia, siempre pensando también en su retiro futuro", indica Celia Ferrero.

Por último, desde ATA creen que sería beneficioso que se destopara la cotización máxima a la que pueden acogerse los mayores de 47 años. En su día la medida tuvo sentido para evitar lo que en el argot del colectivo se denomina "compra de pensiones", esto es, cotizar por el máximo a partir de esta edad para cobrar el máximo de jubilación. Sin embargo, y a raiz de las últimas reformas de pensiones, "esto ha dejado de tener sentido porque para el cálculo de la jubilación ya no se van a tomar como referencia los últimos quince años de actividad, sino que el sistema tenderá a contar toda la vida laboral".

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