Economía

Rosell: "Cada empresa es soberana para adaptar la subida salarial a sus necesidades"

  • "El AENC es claramente respetuoso con la reforma laboral"

Juan Rosell aborda este miércoles la Asamblea General de la CEOE apenas una semana después de firmar con los sindicatos mayoritarios el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). Un acuerdo que ha sido criticado por algunos sectores de la organización empresarial, pero que el presidente de la patronal española define como "una clara apuesta por el empleo y por el mantenimiento y la mejora de la competitividad" .

A pesar de la firma del AENC, sindicatos y empresarios discrepan en la interpretación de la preposición "hasta" que acompaña a las directrices sobre los incrementos salariales. ¿Cuál es el incremento real que debe aplicarse?

En el Acuerdo se establecen unos criterios, orientaciones y recomendaciones, desde los que parten los negociadores teniendo en cuenta las circunstancias de su ámbito para fijar las condiciones salariales. Eso significa que el incremento salarial podrá modularse en cada sector o empresa en base a cuestiones como el incremento de la productividad o el empleo, entre otras. En suma se trata de que sectores y empresas no pierdan competitividad y de que, sobre todo los que están abiertos a la competencia internacional no vean perjudicada su posición y sus posibilidades de crecimiento y de creación de empleo.

Desde los sindicatos se asegura, además, que esta cláusula de subida es "obligacional".

El que el Acuerdo en su conjunto, y por tanto los criterios en materia salarial recogidos en el mismo, tenga carácter obligacional y no normativo, implica que la efectiva consecución de los objetivos del Acuerdo dependerá de cómo asuman sus criterios, orientaciones y recomendaciones los sujetos legitimados para negociar convenios colectivos en sus respectivos ámbitos, durante la vigencia del Acuerdo.

Otra diferencia importante es la interpretación que se hace sobre la cláusula de garantía del poder adquisitivo. Incluso en algunos sectores de la CEOE se habla de que los sindicatos les han metido un gol.

Insisto en que los firmantes hemos querido poner de manifiesto que los sectores y empresas podrán, en el ejercicio de su autonomía, adecuar los criterios recogidos en el Acuerdo en materia salarial, a las especificidades y a la realidad de su ámbito de negociación. Por lo que, sirviéndose de las ventajas de disponer de un Acuerdo intersectorial, los negociadores son soberanos para adecuar la negociación a sus necesidades, de forma que su convenio sea un instrumento que permita mejorar su competitividad.

Tampoco gusta el acuerdo en algunos sectores del Gobierno. El director de la Oficina Económica, Álvaro Nadal, reprocha que en la subida salarial no se tenga como referencia la inflación de la UE para garantizar la competitividad.

En el nuevo AENC, los empresarios y sindicatos hemos hecho una clara apuesta por el empleo y por el mantenimiento y la mejora de la competitividad de las empresas y en definitiva de la economía española, a través de los distintos contenidos del Acuerdo, que forman un conjunto de elementos interrelacionados que no deben valorarse de forma aislada. Por ello, la propia ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha puesto en valor el tercer AENC, que en sus palabras supone una "inyección de confianza en la economía española y permitirá acompasar la mejora de la competitividad con una cada vez mayor creación de empleo".

En lo que sí coinciden patronal y sindicatos es en defender el valor de la negociación colectiva frente a toda intromisión de terceros. ¿Supone esto una enmienda a la reforma laboral como apuntan algunas interpretaciones?

El texto y los contenidos del tercer AENC son claramente respetuosos con la normativa vigente y por tanto con la Reforma Laboral, lo que no impide que los firmantes del Acuerdo, en cuanto protagonistas de la negociación colectiva, hayamos querido dar un especial impulso a la misma al establecer, en el capítulo V del Acuerdo, criterios dirigidos a la renovación de los convenios y a resolver cuestiones fundamentales que puedan surgir durante la vigencia de los mismos y al cese de su vigencia.

También coinciden sindicatos y CEOE en que el objetivo fundamental del AENC es la creación de empleo y de empleo de calidad ¿Cómo se va a conseguir?

Como usted sabe, España padece una grave situación de desempleo. Empresarios y sindicatos, con el III AENC, hemos querido prestar una especial atención al empleo y también a la necesidad de impulsar la competitividad de nuestras empresas como garantía del mismo y de su calidad. Propiciando, además, un clima de paz social en el que la recuperación económica permita la recuperación del empleo y avanzar en su estabilidad.

CEOE y Cepyme han planteado la necesidad de que desde el Estado se financie la negociación colectiva. ¿Cómo y en qué forma?

La negociación colectiva tiene un papel fundamental en la regulación de las relaciones laborales y su carácter normativo y su eficacia general determina que se beneficien de ella la amplia mayoría de los trabajadores y empresas, al margen de su afiliación a un sindicato o su pertenencia a una organización empresarial, respectivamente. Pero el desarrollo y gestión de la negociación colectiva implica incurrir en costes que en la actualidad están asumiendo los interlocutores sociales en beneficio de todos.

Por ello debería articularse algún mecanismo para que parte de lo que se cotiza se destine a sufragar los gastos que implica la negociación de los convenios colectivos, pues de lo contrario la negociación colectiva podría dejar de existir, con nefastas consecuencias para el adecuado desarrollo de las relaciones laborales y de la actividad económica y del empleo en un clima de paz social.

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