MADRID, 7 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros ha aprobado por Real Decreto un régimen transitorio para otorgar autorizaciones de transporte de mercancías por carretera para las empresas constituidas por antiguos socios de cooperativas titulares de autorizaciones de transporte.
Este período transitorio comienza con la entrada en vigor del Real Decreto aprobado este viernes y finaliza el 1 de mayo de 2015.
En este tiempo, los socios adscritos a una cooperativa de transporte podrán solicitar por sí mismos la correspondiente autorización de transporte aportando los vehículos que ya venían utilizando con anterioridad, sin que éstos hayan de tener la antigüedad máxima de cinco meses que exige la normativa con carácter general y, por tanto, sin la necesidad de que tengan que adquirir vehículos nuevos. No obstante, deberán cumplir el resto de requisitos que fija esta normativa.
Según indicó el Ministerio de Fomento, esta medida va a influir de forma positiva en el mercado de transporte en España, puesto que soluciona un problema que venía afectando a un gran número de socios de cooperativas tras la modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, a la vez que fomenta la transparencia y la competencia en igualdad de condiciones entre las empresas de transporte de mercancías por carretera.