MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha anunciado una Orden por la que sienta las bases para la concesión de ayudas para el desguace de buques pesqueros españoles destinados a la paralización definitiva de su actividad pesquera, según el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Estas ayudas se destinan a las flotas afectadas por un plan de ajuste como consecuencia de la no renovación o suspensión de un acuerdo de pesca entre la Unión Europea y un tercer país. También están dirigidas a las flotas que han tenido una reducción importante de las posibilidades de pesca en virtud de un acuerdo, o por planes de gestión, recuperación o medidas de urgencia sobre una pesquería establecidos por la UE y que afecten a varias comunidades autónomas.
La financiación de las ayudas se establecerá en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), con aportación del Fondo Europeo de la Pesca (FEP). Los propietarios y pescadores de buques con puerto base en el País Vasco quedan exceptuados de la orden y se atendrán a la normas establecidas por sus autoridades autonómicas, ha detallado el Ministerio.
Asimismo, se podrá conceder ayudas a los propietarios de buques pesqueros españoles que hayan ejercido una actividad pesquera durante al menos 90 días en cada uno de los dos años anteriores a la fecha de solicitud de la paralización definitiva, o haber ejercido una actividad pesquera durante al menos 120 días en los últimos doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de paralización definitiva.
En el caso de los pescadores enrolados en los barcos, el requisito para las primas será haber estado dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar durante un mínimo de 12 meses. Aunque el importe de las ayudas dependerá de cada convocatoria, la cuantía individual por marinero no podrá superar los 10.500 euros por persona.
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