Economía

Empresas servicio público ofrecerán cliente canal comunicación electrónica

Madrid, 24 ene (EFECOM).- Las grandes empresas de servicios al público tienen un año de plazo para ofrecer a sus clientes un canal de comunicación electrónica que les permita hacer diversos trámites, de acuerdo con la Ley de Medidas de Impulso a la Sociedad de la Información que entró en vigor el pasado 30 de diciembre.

Según informó el Ministerio de Industria en un comunicado, las empresas que tienen que atenerse a estas medidas son aquellas que cuenten con más de cien empleados o un volumen de operaciones superior a los seis millones de euros y que presten servicios al público considerados de especial trascendencia económica.

Es decir, deberán tener este canal de comunicación las empresas que ofrezcan servicios financieros, las de suministro de agua, gas y electricidad, los servicios de agencia de viajes, los servicios de transporte de viajeros y las actividades de comercio al por menor.

Con las nuevas medidas los usuarios podrán, entre otras cosas, acceder a trámites como la contratación electrónica de servicios, la consulta de datos de cliente, la presentación de quejas, incidencias, sugerencias y reclamaciones así como el ejercicio de sus derechos derivados de la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal.

Todo esto será posible gracias al uso de certificados reconocidos de firma electrónica.

Según el Ministerio, esta nueva obligación tiene como finalidad "asegurar que los ciudadanos cuenten con un canal de comunicación electrónica con las empresas cuyos servicios tienen una mayor trascendencia en el desarrollo cotidiano de sus vidas".

La medida está enmarcada dentro de la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, en ejecución de uno de los mandatos normativos contenidos en el Plan Avanza. EFECOM

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