La sala tercera de lo Contencioso-Administrativo, sección séptima, del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la Junta de Andalucía contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por la que se anulan la modificación de la relación de puestos de trabajo, en concreto en lo referente a la introducción de varios puestos de libre designación "sin justificación motivada de dicha elección y sin los requisitos mínimos necesarios".
SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS)
Según ha indicado en una nota el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía (Safja), se trata de "la segunda sentencia firme del Supremo que anula varios puestos 'a dedo', esta vez en la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y es "la sexta sentencia en un mes y centenares de puestos de libre designación anulados los que Safja ha conseguido en su trayectoria".
De esta forma, el Safja "ha anulado definitivamente seis puestos de libre designación en otra importantísima sentencia que desestima el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía al respecto".
Concretamente, los puestos "a dedo" anulados por la Justicia pertenecían a la Consejería de Economía y Hacienda, actual Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y fueron denunciados por este sindicato ante la sala de lo contencioso administrativo del TSJA, quien estimó el recurso de Safja en primera instancia debido a la "falta de motivación y ausencia de requisitos de estos puestos".
Ha lamentado que la Junta de Andalucía "no acata las sentencias, a pesar de los numerosos fallos existentes en esta materia, y vuelve a recurrir la sentencia del TSJA ante el Supremo que en este fallo definitivo también la condenada en costas 'por no concurrir
circunstancias que justifiquen otra decisión'".
Ha apuntado que el Tribunal Supremo "vuelve a insistir en esta sentencia el carácter excepcional del sistema de libre designación y la necesidad legal de 'justificar, caso por caso, por qué debe utilizarse'" y añade que "esa justificación, para que pueda ser considerada suficiente, exige describir las concretas circunstancias y cometidos concurrentes en el puesto de que se trate que permitan valorar si es o no de apreciar en el mismo el carácter directivo o la especial responsabilidad de los que depende la validez del sistema de libre designación".
Ha apuntado que esta sentencia "es la sexta en un mes, de las cuales tres han sido firmes, que da la razón a Safja" y ha recordado que el Alto Tribunal, "en la primera e histórica sentencia al respecto, ya desestimó hace unos días otro recurso de casación interpuesto por la Junta al respecto y anuló varios puestos 'a dedo' de la Consejería de Justicia y Administración Pública, actual Consejería de Gobernación y Justicia".
Recordó que también el TSJA dictó otra sentencia firme, fechada hace poco más de un mes y también a instancia de Safja, "donde anulaba todos los puestos de libre designación de coordinadores en el Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (Ifapa)".
Para Safja, este nuevo logro "ve recompensada en los tribunales su lucha contra el incumplimiento continuado de la legislación vigente por parte de la Administración".
A juicio del sindicato, "estos fallos firmes suponen la apertura de un nuevo camino para próximos recursos, cuyos gastos podrían ahorrarse si la Administración acatara las sentencias, más aún cuando sus reiterados argumentos son extraídos literalmente de la Ley".
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