Economía

Economía/Empresas.- Competencia investiga un posible cártel en el sector de la espuma de poliuretano

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha iniciado la investigación de posibles prácticas anticompetitivas en el sector de la fabricación y distribución de espuma de poliuretano en coordinación con otra Autoridad de Competencia de un Estado miembro de la Unión Europea, llevándose a cabo inspecciones simultáneas en las principales empresas del sector.

A tal efecto, inspectores de la CNC llevaron a cabo este miércoles, 16 de febrero, inspecciones en las sedes de las principales empresas del sector de la fabricación y distribución de espuma de poliuretano en España, informó el organismo presidido por Luis Berenguer.

En concreto, existen sospechas de posibles prácticas anticompetitivas en este sector consistentes en acuerdos de fijación, de forma directa o indirecta, de precios y en la coordinación de su política comercial en este mercado.

Inspectores de las autoridades de competencia autonómicas correspondientes a las localidades donde se ubican algunas de las empresas inspeccionadas han colaborado en la ejecución de las mismas, a solicitud de la Dirección de Investigación de la CNC.

Simultáneamente, en coordinación con la CNC, otra Autoridad de Competencia de un Estado miembro de la Unión Europea también ha llevado a cabo inspecciones en las sedes de las principales empresas del sector en su territorio.

Competencia indicó que las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de la supuesta conducta anticompetitiva y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas.

En caso de acreditarse algún indicio se procedería a la incoación formal de expediente, pues tales conductas restrictivas constituirían una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, así como del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, dado que puede afectar al comercio entre los Estados miembros de la Unión Europea, teniendo por objeto o efecto impedir, restringir o falsear el juego de la competencia dentro del mercado común.

MULTA DE HASTA EL 10% DEL VOLUMEN DE NEGOCIO.

Estas conductas se consideran como una infracción muy grave, que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

La facultad de inspección de la CNC se ha visto reforzada en la nueva Ley de Defensa de la Competencia, en línea con uno de los objetivos fundamentales de la reforma: la lucha contra las prácticas más dañinas, en particular, los cárteles.

En concreto, la investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores.

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