Economía

COMUNICADO: Imcopa anuncia solicitud de consentimiento para sus bonos al 10,375%

ARAUCARIA, Brasil, October 5, 2010 /PRNewswire/ -- Imcopa International Cayman Ltd. (el "emisor") e Imcopa Importacao, Exportacao Industria e Oleos S.A. (el "garante" o "Imcopa") han anunciado hoy que han pedido una junta de los titulares (los "titulares de bonos") de bonos del 10,375% de 100.000.000 dólares estadounidenses del emisor con vencimiento en 2009 (ISIN: XS0275709094) (los "bonos") el 26 de octubre de 2010 (la "junta"), y, en conexión con ello, ha comenzado una solicitud de consentimiento (la "solicitud de consentimiento"). El plazo de votación final para entrega de las instrucciones para el voto electrónico vence a las 3:00 p.m. (hora de Londres) el 22 de octubre de 2010. Sólo los titulares que consientan la propuesta hecha por el emisor y el garante serán aptos para recibir el pago de consentimiento (como se describe a continuación), pero sólo si la resolución extraordinaria se aprueba.

El propósito de la solicitud de consentimiento es obtener el consentimiento de los titulares de bonos para, entre otras cosas totalmente descritas en la declaración (como se define a continuación), modificar los términos y condiciones de los bonos (las "condiciones"), incluyendo con respecto al plazo y cantidades de pago del principal e interés, mediante la enmienda del plazo del fondo con fecha 27 de noviembre de 2006, entre el emisor, el garante y The Bank of New York Mellon, como fiduciario (el "fiduciario"), como se suplementa por los plazos del fondo suplementario con fecha 28 de diciembre de 2007, 2 de junio de 2008 y 10 de noviembre de 2009, respectivamente, (modificado, el "plazo del fondo") y las condiciones para cumplir las condiciones de un plan de reorganización extrajudicial (el "plan de reorganización"), cuyo plan de reorganización Imcopa pretende buscar para confirmar bajo la ley brasileña (colectivamente, la "propuesta").

La propuesta se describe con más detalle en la declaración de solicitud de consentimiento con fecha 4 de octubre de 2010 (la "declaración"), que está disponible mediante Imcopa y sus asesores, como se indica a continuación.

Estando pendiente de la resolución extraordinaria, el emisor se ofrece a realizar un pago de una cantidad de activos (el "pago de consentimiento") a cada poseedor de bonos para los que las instrucciones de voto válidas en favor de la proposición (el "consentimiento") se reciban y no sean revocadas. Los pagos de consentimiento que se pagarán por medio del emisor a cada poseedor de bonos por un valor de 25,94 dólares estadounidenses por cada cantidad principal de 1.000 dólares estadounidenses de bonos sujetos a este consentimiento. El pago de consentimiento deberá pagarse no más tarde de siete días laborables después de aprobar la resolución extraordinaria.

El 15 de septiembre de 2010, después de la ampliación de las negociaciones, Imcopa terminó los términos del plan de reorganización con algunos de sus acreedores de banca (los "acreedores de banca") que poseen la mayoría de aproximadamente la cantidad agregada de 444 millones de dólares estadounidenses bajo sus instalaciones de crédito.

Imcopa pretende cumplimentar una solicitud con el Tribunal de Brasil para confirmar (homologacao) el plan de reorganización, tras el cual sus términos se convertirán según la legislación de Brasil, en vinculantes para todos los acreedores financieros y no financieros de Imcopa, incluyendo los titulares de bonos. Según la ley de Brasil, con el fin de conseguir la confirmación judicial (homologacao) del plan de reorganización, se debe recibir la aprobación de los acreedores de las tres quintas partes de cada una de las clases de la deuda de Imcopa. Los acreedores de banca son el número necesario para representar el apoyo suficiente del plan de reorganización de los acreedores asegurados de Imcopa. El emisor y el garante solicitan el consentimiento de los titulares de bonos para conseguir el apoyo necesario del plan de reorganización de los acreedores no seguros de Imcopa.

La proposición debe aprobarse por medio de una resolución extraordinaria de los titulares de bonos con el fin de conseguir la adopción. Para aprobar la resolución extraordinaria, los titulares de bonos que representen el 75% de la cantidad principal de bonos (o sus poderes o representación) deben estar presentes en la reunión, y no menos de un 75% de los votos (con cada uno de los titulares de bonos recibiendo cada uno un bono por cada cantidad principal de 1.000 dólares estadounidenses en bonos) dentro de la reunión deberán votar a favor de la resolución extraordinaria. En caso de aprobarse, la resolución extraordinaria debe ser vinculante para todos los titulares de bonos, estén presentes o no en la reunión y voten o no a favor de la resolución extraordinaria.

Imcopa pretende continuar persiguiendo el plan de reorganización incluso aunque no se apruebe la resolución extraordinaria, en cuyo caso los votos de cualquier poseedor de bonos (o sus poderes o representación) a favor de la proposición deberán tenerse en cuenta con el fin de demostrar la aprobación del plan de reorganización por las tres quintas partes de los acreedores no asegurados necesarios según la legislación de Brasil. Como resultado, los titulares de bonos que hayan enviado de forma válida y hayan retirado sin validez o revocado sus consentimientos podrán ser considerados, según la legislación de Brasil, para disponer el consentimiento individual del plan de reorganización, incluso si la resolución extraordinaria no se aprueba y las condiciones siguen sin cambiar.

La reunión se celebrará a las 3:00 p.m. (hora de Londres) del 26 de octubre de 2010 en las oficinas del fiduciario, situada en One Canada Square, Londres E14 5AL, Reino Unido. El voto se puede realizar por envío de una instrucción de voto electrónico por medio de Euroclear Bank S.A./N.V. o Clearstream Banking, societe anonyme, o asistiendo y votando en la reunión o nombrando a un representante. Los titulares de bonos que deseen votar de forma diferente a por medio del envío de una instrucción de voto electrónico tendrán que realizar los acuerdos adecuados con Euroclear Bank S.A./N.V. y Clearstream Banking, societe anonyme, en el momento apropiado y según las provisiones del plazo del fondo.

El emisor ha mantenido a HSBC Securities (USA) Inc. ("HSBC") para actuar como agente de solicitud único y a Lucid Issuer Services Limited para actuar como agente de información y tabulación ("Lucid"). Las copias de la solicitud de consentimiento se pueden conseguir a través de HSBC o de Lucid. Las solicitudes de información en relación a la solicitud de consentimiento y la proposición deben dirigirse a HSBC por teléfono a través del +1-888-HSBC-4LM (número gratuito), +1-212-525-5552 (llamada colectiva) (Nueva York) o +44-20-7991-5874 (Londres) o a través de email at liability.management@hsbcib.com. Las solicitudes de información en relación a los procedimientos para voto en la reunión deberán enviarse de forma directa a Lucid por teléfono al +44-207-704-0880 o por e-mail a imcopa@lucid-is.com.

Este comunicado no es una solicitud de consentimiento ni deberá considerarse como una solicitud de consentimiento con relación a ningún bono. La solicitud de consentimiento se realizará únicamente fuera de Estados Unidos para personas que no sean de Estados Unidos.

Andre Tomazi, Imcopa International Cayman Ltd., +55-41-2141-9667, ri@imcopa.com.br

CONTACTO: Andre Tomazi, Imcopa International Cayman Ltd.,+55-41-2141-9667, ri@imcopa.com.br

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