
La Agencia Tributaria negó ayer, a través de una nota, que los procedimientos abiertos para regularizar las cuentas en la filial del banco HSBC en Suiza de residentes españoles afectan al conjunto de las mismas, por lo que, en caso de que procedan sanciones, se aplicarán sobre todas las rentas y no sólo sobre los rendimientos, lo que supone que no habrá rebajas en las sanciones.
De esta forma, la Agencia Tributaria hacía frente a la difusión ayer en diversos medios de comunicación de un boletín de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) en el que se incluía un correo electrónico interno de este organismo, en el que el director de la Inspección de Hacienda, Carlos Cervantes y la directora de Gestión Tributaria, Dolores Bustamante (cesado recientemente), daban instrucciones a los delegados especiales de la Agencia y a otros altos cargos sobre como deben regularizar las cuentas de estos residentes en España.
Envío de requerimientos
La misiva se refería a la apertura de 3.000 expedientes sancionadores a otras tantas cuentas, a cuyos titulares la Inspección de Hacienda ha enviado requerimientos para que se pongan al día con la Agencia Tributaria, a la que han ocultado más de 6.000 millones de euros. El conocimiento de estas cuentas llegó a través de los cauces de colaboración con las autoridades francesas, que remitieron la información a la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria, que desconoce el origen de los capitales, envió requerimientos a los titulares invitándoles a saldar sus cuentas con el fisco. Así, simplemente tendrían que pagar la cuota eludida con el recargo correspondiente y los intereses de demora legales. Sin embargo, eludirían delito fiscal (cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros).
En el email del director de la Inspección se afirmaba que "entendemos que sólo las rentas derivadas de dichas cuentas son las que deben dar lugar a la imposición de sanción, debiendo considerarse que el resto de las rentas se declaran de forma espontánea a los efectos de aplicación del régimen de recargos del artículo 27 LGT".
Con declaración no hay infracción
En este caso, si el contribuyente incluía todas las rentas procedentes de las cuentas detectadas, la declaración sería espontánea y, por tanto, se impondría una sanción e intereses de demora. Y en el caso de declarar, además, el resto de las rentas se entendería que era declaración espontánea, por lo que no existiría infracción tributaria, aplicándose sólo los recargos regulados en el artículo 27 de la LGT.
A la vista del email los inspectores de Hacienda consideraban que con esta medida se renunciaba a recaudar 1.500 de los 6.000 millones descubiertos en las cuentas. Esta rebaja supondría, según el boletín de los Inspectores de Hacienda llegar a pagar por su evasión hasta 23 veces menos de lo que normalmente exigiría la inspección para otro contribuyente cualquiera.
En vista de estas informaciones, la Agencia Tributaria afirmaba ayer que contrariamente al sentido que se le atribuye, el mensaje aclara a los responsables territoriales de la gestión administrativa que todas las rentas derivadas de la información que inicia el procedimiento administrativo por el que se requiere a los contribuyentes, "serán motivo de regularización y sanción si no hubieran cumplido con su obligación tributaria."
Regularización espontánea
"Por tanto -añade la nota- es falso que el elemento sancionable, de serlo, sea exclusivamente los rendimientos, o intereses, de dichas cuentas. Lo que aclara es que en el caso de una regularización espontánea de otras rentas que no tengan nada que ver con la información que da origen al procedimiento y al requerimiento, sólo en ese caso, y tal como establece la ley, no podrá ser sancionado".
Indica que "la Agencia Tributaria ya ha aclarado que el procedimiento administrativo que da origen al requerimiento enviado a estos contribuyentes en nada excluye la imposición de sanciones y, en su caso, si hay pruebas suficientes, de denuncias por posible delito fiscal.
Finalmente, arremete contra los portavoces de la Asociación de Inspectores, que "conociendo perfectamente lo anterior, demuestran un comportamiento poco responsable al tratar de confundir con una interpretación errónea de una instrucción interna, que seguramente busca un eco mediático". Y dice también, que "los portavoces de esta asociación son, sin duda, plenamente conscientes de que esta interpretación intencionadamente errónea puede perjudicar la actuación de la Agencia Tributaria y del propio trabajo de la inspección. Por ello, la Agencia Tributaria apela al rigor profesional de esta asociación".
Reacciones a la nota
A preguntas de elEconomista, diversas fuentes de la IHE mostraron ayer su asombro ante la nota de Hacienda, puesto que consideran que "la explicación que se ha publicado sobre la nota interna recogida en el boletín y enviada a 1.400 compañeros es la única posible. La nota dice lo que dice y en otros casos, la Inspección los hubiese citado por rentas ocultas".
Además, mostraron su asombro, porque "la información se envió el viernes y la dirección de la Agencia no dijo nada hasta el miércoles, después de que el texto dirigido a los altos cargos de este organismo tuviese eco en la prensa".
Los inspectores consultados consideraron ayer que deben ser sancionadas todas las rentas y no solo las correspondientes a los intereses percibidos en las cuentas detectadas en Suiza, tal y como interpretan la nota interna de la AEAT.