MADRID, 5 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy dos proyectos de Real Decreto por los que se modifica el reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como el reglamento general para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social.
El objetivo de los proyectos es adaptar la normativa reglamentaria reguladora de ambos temas a la directiva europea sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, así como cumplir con las novedades introducidas en la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Así, el primer proyecto recoge diversas novedades, como la posibilidad de valoración por el inspector como medio de prueba de datos o antecedentes de otras administraciones públicas de la UE, la interrupción de los plazos de caducidad por imposibilidad de obtener información y la atribución de una competencia exclusiva a la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre las funciones de colaboración y asistencia administrativa en la UE.
Estas modificaciones permitirán incentivar la colaboración y cooperación entre autoridades para iniciar procedimientos sancionadores en materia laboral en los distintos estados miembros, con el objetivo de que dichos procedimientos se adapten a la realidad de un espacio único europeo en la prestación de servicios.
Por su parte, la modificación del reglamento general para la imposición de sanciones introduce también varias modificaciones, como la interrupción de los plazos de caducidad por imposibilidad de obtener información y la colaboración entre autoridades con competencia para iniciar procedimientos sancionadores en los distintos estados.
Además, se ha modificado la competencia atribuida a los órganos del Ministerio de Trabajo e Inmigración en cuanto a la recaudación en período voluntario de las sanciones impuestas por los órganos de la Administración General del Estado, que ahora será asumida por los órganos que resultan competentes de acuerdo con el Reglamento General de Recaudación.
De la misma forma, se ha introducido una modificación en la regulación reglamentaria del contenido de las actas de liquidación, distinguiendo particularmente los requisitos que deben reunir las mismas en los supuestos de actas de liquidación por derivación de responsabilidad. Así se diferencia entre las liquidaciones extendidas en el caso de contratas y subcontratas y actas de liquidación resultantes de aplicación indebida de las cotizaciones a la Seguridad Social.
Según el Ministerio de Trabajo, la adaptación de este reglamento, además de permitir una mayor colaboración entre autoridades con competencia para iniciar procedimientos sancionadores en los distintos estados miembros, pretende garantizar tanto la finalidad liquidatoria de la deuda como el derecho de defensa del interesado en procedimientos liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.
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