Economía

Perdonan a una mujer que debía 30.000 euros a la Agencia Tributaria y al Ayuntamiento de Madrid: "Su situación derivó en un trastorno nervioso"

Una mujer consulta sus deudas. / Foto: iStock

Un nuevo caso en España de cancelación de deudas ha llamado la atención por la inclusión de las grandes cantidades de dinero que una mujer madrileña debía a la administración pública, en concreto, más de 30.000 euros, entre los que se incluyen cifras de deuda para con la Agencia Tributaria y el Ayuntamiento de Madrid.

Una resolución dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid ha dado lugar a una sentencia que aplica la Ley de Segunda Oportunidad conforme al derecho de la Unión Europea, permitiendo así superar el límite máximo de exoneración de crédito público que marca la legislación española, por lo que la mujer protagonista ha sido exonerada de una deuda de 30.373 euros.

El caso resulta especialmente significativo porque el juzgado ha optado por aplicar directamente la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Dicha jurisprudencia obliga a los Estados miembros a ofrecer a los deudores de buena fe una cancelación efectiva y no meramente simbólica de sus deudas, algo que muchas veces no se cumple si se mantiene el techo de 10.000 euros para el perdón de deudas con Hacienda o con la Seguridad Social.

Así, este juzgado antepone la normativa comunitaria al texto nacional, garantizando que el mecanismo cumpla su verdadero objetivo: permitir empezar de nuevo.

La historia de la deudora

La historia de la deudora es representativa de muchas otras: tras una prolongada etapa de desempleo, su situación derivó en un trastorno nervioso que le impidió adaptarse a nuevos entornos laborales, cerrándole la puerta a oportunidades de reinserción en el mercado.

En ese contexto de exclusión, acudió al crédito como única vía para sobrevivir, acumulando deudas que, lejos de solucionar su situación, la sumieron en una espiral de sobreendeudamiento y vulnerabilidad.

Este perfil es extraordinariamente común entre las personas que hoy solicitan acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad: ciudadanos sin bienes, sin ingresos estables y atrapados por deudas públicas o financieras generadas en situaciones de precariedad extrema.

Sin embargo, hasta ahora, la legislación española ha impuesto límites que dejaban fuera del perdón parte del crédito más gravoso: el público. Esto ha convertido sentencias como esta, que exoneran sin límites todas las deudas, incluidas las administrativas, en ejemplos valiosos para el resto de juzgados del país.

El procedimiento de perdón

El procedimiento ha sido tramitado como concurso sin masa, lo que ha permitido una tramitación ágil. El juzgado ha constatado la buena fe de la solicitante, su colaboración y la ausencia de fraude, dictando finalmente el auto que le concede el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) sin exclusiones.

Esta resolución representa ya el 28º caso de éxito de la Asociación Ayuda al Endeudamiento en Madrid durante 2025, y forma parte de una tendencia creciente: cada vez más jueces optan por aplicar el derecho europeo de forma directa para que los mecanismos de segunda oportunidad sean verdaderamente eficaces y accesibles.

"Son personas que no han hecho nada malo, solo han tenido mala suerte"

El abogado responsable del caso, Pepe Domínguez, afirma: "Estamos ante una realidad cotidiana: personas que no han hecho nada malo, solo han tenido mala suerte. Y gracias a juzgados como el Mercantil 19 de Madrid, el derecho europeo les está dando una salida real, no simbólica. Este tipo de resoluciones deberían marcar el rumbo jurisprudencial a seguir".

"La ley está para dar soluciones, no para condenar a una vida de deuda perpetua"

Desde la Asociación Ayuda al Endeudamiento, entidad sin ánimo de lucro que ha dirigido la defensa, se anima a toda persona atrapada en una situación similar a consultar si puede beneficiarse de este mecanismo. Porque, en palabras de su equipo legal, "la ley está para dar soluciones, no para condenar a una vida de deuda perpetua".

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