Economía

¿Cómo afectará la financiación singular de Cataluña al resto de autonomías?

La financiación singular para Cataluña se basa en un sistema similar al concierto o convenio con País Vasco y Navarra.
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Octubre de 2024. Esa es la fecha que puede marcar un antes y un después en financiación autonómica. Es el mes y año en el que se instó al Gobierno de España desde el Parlamento catalán a impulsar el "Acuerdo para un nuevo modelo de financiación singular" para Cataluña dentro de los acuerdos para la investidura del socialista Salvador Illa como presidente de la Generalitat de Cataluña alcanzados en julio del mismo año.

Un texto "deliberadamente ambiguo" y que admite diferentes lecturas por lo que su valoración "tiene que realizarse necesariamente con muchas cautelas. Aún dentro de cada interpretación, el modelo contenido en el acuerdo está pendiente de concreción en todos sus elementos", según indica Julio López, catedrático de Economía Pública de la Universidad de Zaragoza, durante la presentación de larevista Economía Aragonesa de Ibercaja en el que se recoge un análisis de este acuerdo y sus potenciales implicaciones de cara a otras comunidades autónomas.

Tomando las bases de este texto, "lo que se hace es aplicar un modelo de financiación que es equivalente al modelo de País Vasco o al concierto con Navarra", incide el catedrático de Economía Pública, quien además señala que es un modelo "de dudoso encaje constitucional porque establece diferencias entre ciudadanos y comunidades autónomas que no se justifican de manera objetiva y razonable".

Además, este acuerdo podría suponer la segmentación de la Agencia Tributaria al pasar Cataluña a realizar la gestión, recaudación, liquidación e inspección de todos los impuestos soportados en Cataluña, cedidos o no. Esto tendría un efecto perjudicial desde la perspectiva del conjunto del país.

Un paso que conllevaría "la pérdida de ventajas de la economía de escala y de información" que es necesaria en el caso de los impuestos como el IRPF, IVA o Impuesto sobre Sociedades para controlar rentas, patrimonios y actividades gravados. También implicaría un aumento de los costes de la administración, aparte de "incentivarse la elusión y evasión fiscal".

Otro efecto que podrá derivarse es la deslocalización de empresas y ciudadanos por esa diferencia de financiación entre las autonomías. No es lo único. Al decirse en un acuerdo bilateral -Gobierno de España y Cataluña- con relación al cupo de solidaridad interregional (o más bien solo a la nivelación) y aportación de Cataluña, se deja "a la suerte de esa decisión bilateral a los ciudadanos y resto de autonomías".

En el mejor de los casos, y dependiendo de cómo se articule, el "porcentaje de participación en los tributos, a través del que se haría efectiva, según el acuerdo, la aportación a los gastos del Estado, esa relación quedaría circunscrita a los impuestos en los que el Estado participara, aunque excluyendo su gestión".

Menos claro está el impacto económico sobre Cataluña y si dispondría o no de más o menos recursos, al igual que el resto de autonomías. "Inicialmente, no supondría menos ingresos, pero no se sabe con exactitud porque está en una fase inicial y no se sabe si se aplicará. No se puede decir que no se perderán recursos económicos, al menos, directamente, pero si se llega a una Agencia Tributaria catalana y un sistema fiscal distinto, sí puede incidir en Aragón en las decisiones empresariales. Aragón quedaría anclado entre tres autonomías -Cataluña, Navarra y País Vasco-, con modelos diferentes. Pero, de momento, es todo incertidumbre", incide.

Precisamente, Aragón, por su proximidad geográfica y vínculos económicos con Cataluña, podría estar más expuesta a estos riesgos en el caso de una administración autonómica de los impuestos al poder hacer Cataluña un esfuerzo diferente en la gestión de los tributos autonómicos y estatales.

Para el catedrático, no es recomendable comenzar a crear modelos singulares con el fin de dar un trato singular o asimétrico a las comunidades autónomas. "Se puede incorporar a una reforma del modelo de financiación a nivel estatal". De hecho, sería conveniente abordar este proceso de reforma, ya que el último se produjo hace 15 años.

"No se puede justificar no hacer la reforma por la falta de acuerdo entre las comunidades autónomas. La no-reforma no deja de ser una opción a favor del modelo vigente y sus resultados". Es importante abordarla porque, "si no se hace, es optar por el modelo actual con comunidades ganadoras y perdedoras".

No obstante, el problema no sería tanto integrar a las comunidades autónomas en la gestión tributaria, sino la exclusión del Estado de esas tareas en una autonomía o en todas ellas en el caso de que se plantease la extensión de esta fórmula.

Y, ¿qué podría incluirse en esa reforma financiera estatal? Principalmente, se puede atender a dos vías. Una de ellas son las transferencias para que todas las comunidades autónomas puedan disponer de más recursos y también abordar las competencias de las autonomías en materia de impuestos cedidos. "Son dos vías para aumentar la autonomía financiera", afirma.

Además, en la reforma del régimen común habría que buscar acomodo a las demandas de singularidad o asimetría de Cataluña. "Es una solución mejor que la aplicación en esta comunidad de un modelo de financiación singular".

Y también es una alternativa más favorable que la generalización de un modelo singular, lo que sería "un desatino", porque multiplicaría los efectos negativos ya detectados en la aplicación de un modelo solo a una autonomía.

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