
El pasado mes de abril la Seguridad Social abonó 10,1 millones de pensiones contributivas 9,1 millones de pensionistas. Esto quiere decir que, al haber más pensiones que pensionistas, hay personas que cobran más de una pensión. Es el caso, por ejemplo, de las que perciben una pensión de jubilación y una de viudedad a la vez.
La Ley General de la Seguridad Social establece en su artículo 163 (puede consultarlo en este enlace) que "las pensiones de este Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, a no ser que expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente".
Pero, como demuestran los datos, estas excepciones se dan. De hecho, es la propia Seguridad Social la que recoge en su página web que "la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho".
Así, en la ley queda claro que las personas que quedan viudas y que vienen percibiendo una pensión contributiva de viudedad podrán mantenerla cuando se jubilen y pasen a percibir una pensión de jubilación. Lo único que tienen que hacer es acreditar el derecho a percibir cada una de las dos pensiones.
Requisitos para cobrar una pensión de jubilación
- Cumplir la edad ordinaria de jubilación: en 2024 es de 65 años para las personas con 38 años cotizados y de 66 años y medio para las que no llegan a esa cotización.
- Acreditar al menos 15 años cotizados, de los cuales dos deben darse entre los 15 previos a la solicitud.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
Requisitos para cobrar una pensión de viudedad
La persona beneficiaria de la pensión ha de acreditar un único requisito y solo en los casos de muerte por enfermedad común: la cotización de 500 días dentro de los cinco últimos años. El resto de requisitos los debe cumplir, antes de su muerte, la persona que fallece y genera la pensión, tal y como informa la Seguridad Social en su página web:
- En caso de fallecimiento por enfermedad común anterior al matrimonio es necesario acreditar la existencia de hijos en común, de un año de matrimonio o de dos años de convivencia.
- En caso de parejas de hecho es obligatoria la inscripción en el registro de parejas de hecho y la existencia de hijos o una convivencia de cinco años.
- En caso de personas divorciadas o separadas la persona beneficiaria ha de acreditar el cobro de una pensión compensatoria y es obligatoria que el fallecido no integre un nuevo matrimonio o pareja de hecho.
Cuantía de la pensión de jubilación
Hay que tener en cuenta el método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social. Este método suma las bases de cotización de los últimos 25 años y las divide entre 350 para hallar la base reguladora. En este cálculo el organismo aplica coeficientes a todas las bases salvo las de los dos últimos años para reflejar el efecto de la inflación y los trabajadores (si no son empleadas de hogar o autónomos) pueden beneficiarse de la integración de lagunas para rellenar con bases ficticias los periodos sin cotizar.
El porcentaje de la base reguladora a la que tiene derecho el trabajador y que, a la postre, será su pensión de jubilación depende de los años cotizados:
- Con el mínimo exigido de 15 años cotizados se garantiza el 50% de la base reguladora.
- Por cada uno de los siguientes 49 meses cotizados se garantiza un 0,21% extra de base reguladora.
- Por cada uno de los siguientes 209 meses cotizados se garantiza un 0,19% extra.
En 2024 las personas que alcancen una cotización de 36 años y medio tendrán derecho a una pensión equivalente al 100% de la base reguladora.
Cuantía de la pensión de viudedad
- Con carácter general la pensión es del 52% de la base reguladora de la persona fallecida.
- La pensión es del 60% de la base reguladora cuando el beneficiario tiene 65 años o más, no recibe otra pensión pública ni ingresos por trabajos por cuenta propia o ajena y no tiene rentas por capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o actividades económicas de más de 7.707 euros al año.
- La pensión es del 70% de la base reguladora cuando el beneficiario tiene responsabilidades familiares (hijos menores de 26 años o de 26 años con un 33% de discapacidad e ingresos menores del 75% del SMI), cuando la pensión es la principal fuente de ingresos del hogar (al menos un 50%) y cuando los ingresos anuales sean inferiores a la suma del límite para el complemento por mínimos de las pensiones contributivas y la cuantía mínima de la pensión de viudedad con cargas familiares.
Cuánto puedes cobrar con una pensión de jubilación y otra de viudedad
Aunque el ciudadano puede percibir dos pensiones a la vez, existe una cuantía límite que jamás podrá superar: la cuantía máxima de las pensiones, que en 2024 es de 3.175,04 euros mensuales.