
La ley de familias a la que ayer el Gobierno dio el visto bueno para enviar al Congreso de los Diputados propone cambios en las familias numerosas que van más allá de ampliar a los beneficiarios y mejorar las ayudas a las que pueden acceder estos hogares. El propio concepto será modificado a no ser que el proceso de enmiendas al texto tire por tierra la idea que plantea el Ministerio de Derechos Sociales.
El proyecto de ley que presentó ayer el ministro Pablo Bustinduy propone renombrar a las familias numerosas como "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza". Este cambio de nomenclatura se debe a que la ley amplía el abanico de supuestos que conllevan este título. A partir de su entrada en vigor -si no hay cambios por el camino- serán consideradas como tal las 300.000 familias monoparentales y monomarentales con dos hijos o más que hay en España. Tambien se equipararán estos derechos a las familias que tengan un ascendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 33% (frente al 65% actual)
Ante la protesta de varias asociaciones de familias numerosas por el cambio de nombre, fuentes ministeriales aseguran que no se cierran a mantener el concepto clásico creado en 1941 en aras de sumar apoyos a la ley de cara al examen parlamentario.
Independientemente del nombre, la ley busca ampliar la protección a estas familias ya que a partir de la aprobación de la norma en caso de separación o divorcios con custodia compartida ambos progenitores podrán acceder al título de familia numerosa para que pueda acogerse los dos a sus beneficios (deducciones, ayudas para guardería, acceso a becas...).
Las familias monoparentales y monomarentales (más del 80% de esta tipología) son las también protagonistas. La nueva ley pone el foco en ellas para reforzar la ayuda en la crianza y les proporcionará una acreditación oficial que les dará -además de consideración de familia numerosa- un acceso preferente a distintos servicios públicos. Más en detalle, les dará la posibilidad de disfrutar de 16 semanas de educación infantil de forma gratuita dentro de los primeros 24 meses de vida del hijo o la hija o de tener un acceso prioritario a vivienda protegida, alquiler social o becas.
Los otros hogares que ampliarán derechos serán los formados por parejas de hecho ya que se equiparan en muchas cuestiones a los matrimonios convencionales. Así, tendrán derecho a pensión de viudedad (similar a la del matrimonio) y al complemento a mínimos de las pensiones, podrán acceder al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos para los hijos e hijas a cargo en caso de disolución de la pareja y se creará un Registro Estatal de Parejas de Hecho centralizado para las parejas registradas a nivel autonómico.