Economía

Cuánto tiempo de descanso puedes coger en ocho horas de trabajo

Descanso de jornada laboral | Foto: Getty.

Inmersos como estamos en la dinámica del día a día, a menudo olvidamos que contamos con determinados derechos que pueden hacer nuestra vida algo más llevadera en el trabajo. Estos derechos tienen que ver en muchas ocasiones con la garantía de la salud física y mental de los trabajadores.

En ese sentido, resulta clarificador acudir al Estatuto de los Trabajadores, el texto legal que regula cómo han de ser las relaciones entre los empleados y sus empleadores, así como los derechos y responsabilidades que tienen cada uno a la hora de desarrollar una vinculación laboral ajustada a la ley.

El Estatuto, por lo tanto, es el encargado de establecer esos derechos que han de garantizar la salud de los trabajadores. Uno de ellos hace referencia a los descansos que los empleados han de tener en su jornada laboral.

Los descansos a los que tienen derecho los trabajadores en su jornada laboral

Es, en concreto, el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores (puede consultarlo en este enlace) el que se refiere al tiempo de trabajo y el que determina cuáles son los descansos que un trabajador tiene por derecho en su jornada laboral. Son los siguientes:

  • Los trabajadores que tienen una jornada de una duración de al menos seis horas tienen derecho a un descanso de al menos 15 minutos al día.
  • Los trabajadores menores de edad con una duración de jornada de al menos cuatro horas y media tienen derecho a un descanso de al menos media hora al día.

Estos descansos tienen un factor en común: pueden considerarse parte de la jornada efectiva de trabajo cuando así lo estipule el contrato firmado o el convenio colectivo que le aplique. De lo contrario, los trabajadores tendrán que recuperar ese tiempo de descanso.

El resto de los descansos a los que tienen derecho los trabajadores

Al margen de estos descansos que se reconocen a los trabajadores y que hacen referencia a su jornada laboral, existen otros que también aparecen recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, aunque con un ámbito temporal diferente:

  • Entre final de una jornada de trabajo y el principio de la siguiente deben pasar al menos 12 horas.
  • Los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal de un día y medio, acumulable por periodos de catorce días, (preferiblemente el domingo y la tarde del sábado o la mañana del lunes).
  • Los trabajadores menores de edad tienen derecho a un descanso semanal de dos días, acumulables también por periodos de catorce días.
WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky