
Los agricultores y ganaderos continúan con sus concentraciones y movilizaciones para reclamar unas condiciones justas para vivir de su actividad y que el sector de la agricultura y ganadería pueda permanecer vivo. Unas protestas que han conllevado algunos cortes momentáneos de carreteras en Aragón y la dificultad de acceso a polígonos industriales como la Plataforma Logística de Zaragoza o empresas concretas como la planta de Stellantis en Figueruelas.
Y, ante esta situación, ¿qué sucede si un empleado no llega a tiempo a trabajar porque se retrasa por estos cortes momentáneos? Lo primero que hay que tener claro es que las tractoradas son un hecho circunstancial, como por ejemplo una huelga u otro acto reivindicativo, por lo que el empleado que llegue tarde a su trabajo no puede ser sancionado o despedido.
Es una causa ajena, puede ser considerada de fuerza mayor o no de fuerza mayor, por lo que el retraso no es imputable al comportamiento del empleado. Pero esto no implica que todo "atasco sirva porque atascos puede haber todos los días", aclara Fernando Ruiz-Beato, socio de RB Ruiz Beato Abogados, a elEconomista
Las tractoradas "son un caso excepcional lo que hace que sí se pueda tener una justificación para llegar tarde a trabajar" porque la causa por la que no se acude a trabajar no es imputable al empleado, sino a terceros.
A pesar de ello, es recomendable que el empleado afectado presente alguna prueba a la empresa. Por ejemplo, una foto o un vídeo en el que se vea la tractorada y la afección en el trafico, es decir, el impedimento para circular con el coche. Con este tipo de prueba debería ser suficiente, pero todo dependerá de cada empresa. "Tiene que primar la buena fe y la confianza", añade.
En estos casos la empresa no puede sancionar al empleado ni descontarle de la nómina el tiempo no trabajado por el retraso ni obligarle a recuperar el horario, pero siempre que la causa no sea imputable al trabajador. "Para que haya sanción, tiene que haber incumplimiento", incide Fernando Ruiz-Beato. No obstante, se puede tener la opción de dar macha atrás con el coche y buscar otro itinerario, otra forma de llegar o bien poder teletrabajar en aquellos empleos en los que sea posible.
Todo esto sería también aplicable en aquellos casos en los que, por ejemplo, la tractorada prolongara los cortes de carreteras o calles y fuera imposible llegar al centro de trabajo y, en consecuencia, trabajar ese día. Tampoco se podría sancionar al empleado, obligarle a recuperar horas o descontárselo de la nómina. "Si se pone sanción, la empresa se encontrará con que el trabajador la impugnará", generándose pleito y conflicto.
No obstante, lo que hay que tener muy claro es que un empleado no puede tomar decisiones unilaterales. Es decir, si se encuentra un atasco o corte de carretera o si va a ver tractorada, no puede decidir quedarse en casa o irse a ella. Debe comunicar a la empresa la situación y, si cabe la posibilidad, solicitar el teletrabajo.
Caso distinto es que un empleado llegue a trabajar por un atasco normal, que no sea excepcional como una tractorada, ya que hay un régimen disciplinario que se aplica. Se consideraría una falta leve por lo que se recibe una amonestación por escrito. Si esa conducta de llegar tarde es reiterada, se puede llegar a la suspensión del empleo o sueldo porque aquí sí media el incumplimiento por parte del trabajador.