
El cambio de año es una fecha importante y de muchos cambios para los ciudadanos. También en materia bancaria: los clientes de las diferentes entidades pueden recibir estas semanas una carta en sus buzones con información clave sobre sus cuentas.
Lo avisa el Banco de España: los bancos están obligados por ley a mandarles un resumen con sus productos y servicios contratados. En su página web, el organismo informa de que durante el mes de enero debes recibir la información anual de tu cuenta que las entidades tienen obligación de remitir".
La legislación emplaza a las entidades bancarias a cumplir diferentes obligaciones para con sus clientes. En lo que respecta a esta obligación concreta, lo determina la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre en su artículo 8.4 (puede consultarlo en este enlace): "Las entidades de crédito remitirán a sus clientes anualmente, durante el mes de enero de cada año, una comunicación en la que, de manera completa y detallada, se recoja la información prevista en esta orden sobre comisiones y gastos devengados y tipos de interés efectivamente aplicados a cada servicio bancario prestado al cliente durante el año anterior".
Qué contiene la carta que va a llegar a tu buzón
El Banco de España recoge cuáles son los datos que contiene esta carta que puede llegar al buzón del cliente:
- Un documento en el que aparezcan detallados los servicios bancarios contratados. En este apartado se incluyen datos sobre comisiones o intereses (cobrados o pagados), gastos realizados en los servicios bancarias contratados e información sobre los préstamos o créditos que estén en vigor.
- Otro documento con la información de las cuentas contratadas en ese banco. En él se recoge el estado de las comisiones cobradas, el tipo de interés acreedor y de descubierto y el importe real de los intereses devengados durante el año.
La información de esta carta llega al propietario por correo y de forma personal e individualizada. Si la cuenta tiene varios titulares, se enviará la misma carta a cada uno de ellos.
Esta carta no tiene, sin embargo, por qué llegar a todos los clientes del banco. Si el titular o cotitular de la cuenta bancaria opta por las notificaciones telemáticas esta notificación no llegará de forma física. En ese caso, el cliente necesitará revisar la bandeja de entrada en la página web o app de su entidad para acceder al resumen anual de sus cuentas.