Economía

Cuánto Ingreso Mínimo Vital cobra al mes una persona que trabaja a la vez

Foto: Dreamstime.

El Ingreso Mínimo Vital es una renta garantizada a las personas que cumplen todos los requisitos que marca la ley y sus respectivas unidades de convivencia. Esto quiere decir que se puede percibir a la vez que otras rentas del trabajo, como las prestaciones por desempleo, las pensiones...y también el sueldo procedente de un trabajo.

Es la naturaleza del Ingreso Mínimo Vital, que ya llega a más de 1,7 millones de personas y que tiene el objetivo de garantizarles un nivel económico concreto: las personas que no tienen ingresos recibirán más por parte de la Seguridad Social y las que ya tienen un nivel de ingresos determinado verán cómo el Estado completa esos recursos hasta los que le garantiza la normativa por la composición de su unidad de convivencia.

Esa compatibilidad del Ingreso Mínimo con otras rentas del trabajo se ha visto retocada y mejorada para evitar que las personas que viniesen percibiendo esa renta garantizada no se sintiesen desincentivadas en la búsqueda de un nuevo empleo. Es lo que se denomina 'trampa de la pobreza', el mecanismo por el cual los beneficiarios de prestaciones sociales no se esmeran en conseguir un trabajo para no perder esa prestación.

Por eso, desde 2023 se mejoraron las compatibilidades con rentas del trabajo a través de exenciones a esas rentas que proceden de pensiones, prestaciones, sueldos...y que antes descontaban la cuantía de Ingreso Mínimo Vital que se percibía. Ahora también, pero en menor medida: existen tramos de ingresos que no descuentan el IMV y permiten cobrar la renta garantizada de forma íntegra a la vez que el salario.

Estas exenciones dependen de la cuantía del salario que empieza a percibir una persona que percibe el Ingreso Mínimo Vital. Existen varias posibilidades:

Salarios inferiores al 60% del Ingreso Mínimo Vital

Cuando el salario que se percibe es inferior al 60% de la renta garantizada de la unidad de convivencia de la que se forma parte la exención del sueldo es total. Es decir, que en estos casos la persona que cobra el Ingreso Mínimo Vital seguirá cobrando la misma cifra y además el dinero correspondiente al salario.

Por ejemplo: Manuel convive con su mujer y dos hijo, por lo que cobra un Ingreso Mínimo Vital de 1.074 euros mensuales. Encuentra un trabajo a media jornada de 540 euros mensuales, por lo que al ser esta cifra inferior al 60% de la renta garantizada podrá cobrar todo: un total de 1.614 euros en lugar de los 1.074 que cobraría con el anterior funcionamiento.

Salarios de entre el 60% y el 100% del Ingreso Mínimo Vital

En el caso de que el nuevo sueldo que se perciba sea de entre el 60% y el 100% de la renta garantizada para la unidad de convivencia las exenciones a ese tramo de ingresos dependerán de la situación de la propia unidad de convivencia:

-La exención es del 30% en las unidades de convivencia en las que solo existe una persona o mayores de edad.

-La exención es del 35% en las unidades de convivencia en las que existen menores de edad.

-La exención es del 40% en las unidades de convivencia de familias monoparentales o monomarentales.

Salarios superiores al IMV

En este caso la persona que consiga el trabajo dejará de cobrar el Ingreso Mínimo Vital y pasará a cobrar solamente el sueldo correspondiente que lleva aparejado ese nuevo empleo. Es el único escenario que no cambia y el único en el que el beneficiario de Ingreso Mínimo Vital deja de cobrarlo porque ya tiene ingresos superiores a su renta garantizada de forma totalmente autónoma.

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