
Los motivos por los que un trabajador puede plantearse la marcha de su empresa son variados. Falta de motivación, descontento salarial, desencuentros con sus superiores o compañeros...razones de calado que, sin embargo, no deben hacerle perder la perspectiva.
Dejar de forma voluntaria el puesto de trabajo por cualquiera de esos motivos tiene sus consecuencias. La normativa laboral contempla diferentes grados de protección para las personas que se quedan sin empleo, pero no en todos los casos: tiene que existir una voluntad fehaciente de permanecer en la empresa, es decir, que la baja en el trabajo no sea voluntaria.
Por eso, cualquier trabajador que se vaya de forma voluntaria de la empresa debe saber que lo hará sin derecho a cobrar el paro o cualquier subsidio por desempleo. La razón es que no se encontrará en una situación legal de desempleo, requisito fundamental para cobrar cualquiera de esas prestaciones.
El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) explica en su página web que "para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria" y que la explicación de esta prohibición es que "el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo".
Es por eso que las personas que deseen dejar su puesto de trabajo tampoco podrán consensuar con su empresa esa marcha disfrazándola de cese con el objetivo de que el trabajador tenga derecho a paro al marcharse.
De hecho, el SEPE informa en su web de que "actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas" o "ponerse de acuerdo con el empresario o la empresaria para obtener indebidamente cualquier prestación de la Seguridad Social" son infracciones muy graves en materia de empleo que conllevan la pérdida inmediata de la prestación y la devolución de las cantidades cobradas ilegalmente.
En todo caso, el propio SEPE advierte de que monitoriza todas las solicitudes de prestaciones por desempleo "para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida".
En qué casos puedes marcharte de tu empresa con derecho a paro
Solo en alguno casos muy concretos es posible que el trabajador deje su trabajo de forma voluntaria y mantenga el derecho a una prestación por desempleo, además del posible cobro de indemnizaciones. Es en aquellas situaciones en las que se perjudicado por una decisión o práctica empresarial que le empuja a dejar el trabajo, por lo que se entiende como una marcha 'involuntaria'.
También recoge el SEPE estos casos en su página web. Al detallar cuáles son las situaciones legales de desempleo el organismo incluye la "decisión de la persona trabajadora de finalizar la relación laboral" por:
-Modificación sustancial de las condiciones de trabajo como el horario, la jornada, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de remuneración y cuantía salarial y las funciones si excedan de los límites de la movilidad funcional.
-Incumplimientos graves del empresario como impagos o retrasos continuados en el pago del salario.
-Traslados del centro de trabajo que obliguen a un cambio de residencia del trabajador.