Madrid, 19 dic (EFECOM).- El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el Real Decreto que aprueba el nuevo Cuadro de Enfermedades Profesionales del Sistema de la Seguridad Social y que modifica los criterios para su notificación y registro.
Según informa el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en una nota, el Real Decreto, que entrará en vigor el próximo 1 de enero, actualiza la lista de enfermedades profesionales, vigente desde hace veintiocho años (Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo).
La normativa desarrolla el Acuerdo sobre Medidas en Materia de Seguridad Social firmado por el Gobierno y los agentes sociales el pasado 13 de julio, dentro de las actuaciones sobre incapacidad permanente y sigue la Recomendación Europea sobre enfermedades profesionales.
En este sentido, adecúa la lista de enfermedades profesionales a la realidad productiva actual y modifica el sistema de notificación y registro de ésta para hacer aflorar algunas enfermedades "ocultas" y evitar su "infradeclaración".
Así, la calificación de las enfermedades como profesionales, tanto para trabajadores en situación de alta como de baja, corresponde a las entidades gestoras (Instituto Nacional de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina), sin perjuicio de su tramitación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
La elaboración y tramitación de los partes de enfermedad es competencias de las entidades gestoras y de las mutuas, mientras que las empresas deberán facilitar la información que obre en su poder y le sea requerida.
Según Trabajo, el reconocimiento de nuevas enfermedades profesionales a partir de 2007 no tendrá una incidencia económica apreciable. EFECOM
jmj/jla
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