Economía

La CEOE rompe el diálogo con Trabajo tras pactar que la Inspección controle los ERE

  • Ayer salió adelanta una enmienda transaccional de EH Bildu, PSOE y UP
  • En caso de despido colectivo, la Inspección se pronunciará sobre las causas...
  • ... tras evaluar cada caso, emitirá su conformidad o no sobre el ERE
Antonio Garamendi, presidente de la CEOE. Foto: EP

La CEOE ha roto la interlocución con el Ministerio de Trabajo por entenderla "tramposa y contraria a la buena fe" tras la enmienda, pactada con Bildu, sobre el control de la Inspección de Trabajo de las causas en los despidos colectivos (ERE).

En un comunicado, CEOE y CEPYME elevan el tono al considerar que la enmienda transaccional es una "traición" al acuerdo alcanzado en la reforma laboral. "En la medida que este asunto fue debatido en los trabajos de la reforma laboral, y apartado de mutuo acuerdo en aras del consenso, la actuación del Ministerio a través de la enmienda de EH Bildu supone una ruptura de la buena fe negocial (...) actuación que invalida al Ministerio de Trabajo como interlocutor fiable".

La Inspección tendrá capacidad y potestad para la autorización de los ERE

La nueva Ley de Empleo ha incluido en su paso por el Congreso una enmienda transaccional de EH Bildu con PSOE y Podemos para que, en caso de despido colectivo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se pronuncie sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial del Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

Según consta en la enmienda aprobada en la Comisión de Trabajo recogida por Europa Press, se trata de una modificación del artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores relativo al despido colectivo. Con este punto, se constatará que la documentación presentada por la empresa se ajusta a la exigida en función de la causa concreta alegada para despedir.

Es decir, la Inspección evaluará y emitirá su conformidad o no sobre las causas alegadas por la empresa para la ejecución del despido colectivo.

La nueva redacción del artículo del Estatuto de Trabajadores, además, establece que tras haberse notificado la comunicación del despido, el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá ser evacuado en el "improrrogable" plazo de 15 días desde la notificación a la autoridad laboral de la finalización del periodo de consultas y quedará incorporado al procedimiento.

Según explicó EH Bildu, en la práctica esto supone dotar a Inspección de Trabajo de la capacidad y potestad para la autorización administrativa de los ERE.

La formación también ha remarcado que la enmienda refuerza el papel de la inspección de trabajo, uno de los "elementos centrales" que eliminó la reforma laboral del PP en 2012 para, a su juicio, "facilitar los despidos colectivos". De hecho, el grupo subraya que esta modificación dota a la Inspección de Trabajo de un papel "decisorio" en la supervisión y el control de los despidos colectivos para que obedezcan a causas objetivas.

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