El Ministerio de Consumo ha anunciado este jueves un nuevo proyecto normativo por el que prohibirá la publicidad de alimentos y bebidas no saludables, como galletas, zumos o helados, dirigidos a público infantil y adolescente.
El ministro Alberto Garzón ha informado hoy de una medida en la que el departamento que dirige lleva trabajando unos meses. La clave está en la reforma del código PAOS que regula la publicidad de productos dirigidos a menores. La ley 17/2011, de Seguridad Alimentaria y Nutrición -basada en el autocontrol de las empresas anunciadoras- establece la edad máxima de protección infantil en 12 años aunque los planes del Ministerio pasan por elevarla a los 15 años.
Según Garzón, el sistema de autorregulación que lleva vigente desde 2005 se ha mostrado "insuficiente", tal y como muestran los datos de sobrepeso y obesidad que afectan a los niños y niñas españoles y de los que la publicidad es una de las causas, ha indicado el ministro en rueda de prensa junto a la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau.
Cinco categorías en el punto de mira
La novedad está en que la nueva ley no se regulará a través de Nutriscore sino mediante los perfiles nutricionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La futura norma pondrá el objetivo en cinco categorías: los productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres, los pasteles, galletas dulces y otros productos de pastelería, los zumos, las bebidas energéticas y los helados.
Para el resto de categorías de productos, se establecerá un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto
Como ya ocurrió con el decreto de la publicidad del juego, la futura normativa que afectará a los horarios de protección reforzada y a los espacios publicitarios de programas destinados al público infantil. Regulará también tanto televisión lineal como no lineal, contenidos radiofónicos, salas de cine y publicidad en internet, redes sociales, webs o app móviles, cuando los contenidos se dirijan a menores de 16 años. También se incluirán limitaciones en la publicidad de medios impresos.
En la misma línea, el Ayuntamiento de Barcelona regulará, mediante dos instrucciones municipales, la presencia de publicidad de alimentos y bebidas perjudiciales para la salud en el espacio público y reforzará también la presencia de productos saludables en los servicios de alimentación presentes en equipamientos públicos.