
Quedan 19 días para que termine la campaña de la declaración de la Renta. Muchos cotizantes ya la habrán presentado y pueden haber incurrido en alguna infracción, seguramente por haber cometido algún error. Estos incumplimientos de la norma acarrean sanciones, por lo que deberían revisarse correctamente las declaraciones antes de presentarlas. No obstante, cuando ya no hay vuelta atrás todavía queda la opción de recurrir las multas de Hacienda.
Puede darse el caso de que el cotizante no esté de acuerdo con lo que refleja la notificación y quiera recurrir la sanción. Para ello, deberá ponerse en contacto con la Delegación de Hacienda que le corresponda o, lo más recomendable, solicitar los servicios de un experto.
¿Cómo recurro la multa de Hacienda?
Hacienda dispone de diversos canales completamente digitales para presentar documentos y abrir trámites tributarios. Por lo que la mejor forma de dirigirse a la Administración a la hora de recurrir una multa es a través de esta vía.
Basta con acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, y buscar el apartado indicado para llevar a cabo este proceso. No obstante, para llevar a cabo este trámite será necesario contar con un certificado digital, un DNI electrónico o la Clave PIN.
Desde el mismo portal, la Administración responderá a la petición, solicitará comprobantes en caso de necesitarlos, y expeditará la aprobación de la petición en caso de ser válida.
Cabe destacar que en caso de recurrir la multa y que la Agencia Tributaria no acepte el recurso, no se podrá acceder a otro tipo de ventajas que ofrece Hacienda a la hora de pagar este tipo de sanciones.
Reduce el importe a pagar a Hacienda
En caso de aceptar la sanción y no presentar recursos ni alegaciones a la liquidación provisional, Hacienda ofrece la opción de pronto pago. Es decir, se aplicará una reducción sobre el importe total, que puede superar el 50%. Generalmente, este tipo de descuentos ya vienen reflejados en la propia notificación de Hacienda.
En caso de que finalice el plazo para presentar alegaciones, sin recurrir la multa, el contribuyente recibirá la notificación de la sanción definitiva.
Aplazar el pago de multas Hacienda
En caso de aceptar lo que refleja la notificación y no recurrir la multa, pero no disponer de dinero para abonar la cantidad con el descuente anterior, cabe la posibilidad de aplazar el pago.
No obstante, es necesario certificar que la situación económica del negocio no permite abonar la sanción. Para ello, el contribuyente necesitará una orden de domiciliación bancaria de la sanción y el compromiso por parte de la entidad de avalar de forma solidaria, o un certificado de seguro de caución si el importe supera los 5.000 euros.
Cabe destacar que también es posible seguir aplicando los descuentos en el importe de la sanción tributaria, siempre y cuando se solicite dentro del plazo.
Es importante tener en cuenta que cualquiera de estos trámites debe llevarse a cabo dentro de los plazos de vencimiento establecidos. De no ser así, el problema empeoraría con recargos en concepto de intereses de demora de hasta un 20%.