Economía

Así puedes montar tu propia empresa con el dinero del paro

  • La capitalización de la prestación por desempleo lo permite
  • Se puede hacer mediante un pago único o de forma fraccionada
Foto: Dreamstime.
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El momento de quedarse sin empleo suele ser un parón en la trayectoria laboral de los ciudadanos, a la espera de conseguir un nuevo trabajo por cuenta ajena. Sin embargo, existe un mecanismo que facilita el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y que permite usar el paro para montar una empresa propia.

Se trata de la capitalización de la prestación por desempleo, que según la página web del SEPE es "una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo, abonando el valor actual del importe de la prestación que reste por percibir" en los siguientes casos:

-Incorporarse como socio trabajador o de trabajo en sociedades laborales ya constituidas o, en su defecto, constituirlas.

-Iniciar una actividad como trabajador autónomo, aunque en ningún caso podrá ser como trabajador autónomo económicamente dependiente de una empresa con la que tuviese un contrato antes del desempleo.

-Realizar una aportación al capital social de una sociedad nueva o de reciente creación (en los últimos 12 meses) siempre que se tenga el control efectivo, se desarrolle una actividad laboral en ella y se efectúe el alta en el Régimen Especial correspondiente.

El SEPE establece una serie de requisitos para poder acogerse a capitalización de la prestación por desempleo:

-Ser beneficiario de esta prestación tras el cese definitivo de una relación laboral y que tengan pendientes por recibir al menos tres mensualidades (seis en los casos de cese por actividad).

-No haber cobrado el pago único en los últimos cuatro años.

-Comenzar la actividad en un mes máximo de plazo tras aprobarse la solicitud.

-En los casos de impugnación del cese de la relación laboral, la solicitud no se podrá hacer hasta que haya una decisión judicial en firme.

-Si en los últimos 24 meses se ha compatibilizado el trabajo por cuenta propia o ajena con la prestación, no podrán convertirse en trabajadores autónomos o socios trabajadores a través del pago único.

-Para las cooperativas en las que sea obligatorio pasar el periodo de prueba, no se podrá acoger el pago único hasta pasar dicho periodo.

Pago fraccionado

Además de este pago único, existe otra opción para usar la prestación por desempleo: la subvención de las cuotas a la Seguridad Social mediante un pago fraccionado de forma mensual. En esta modalidad, el trabajador va percibiendo las cantidades de la prestación por desempleo para ir pagando estas cuotas y cubrirse durante la etapa inicial de su negocio.

De acuerdo con el artículo 34 de la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo, el importe mensual será el correspondiente a la prestación por paro o, de ser mayor, el de las cuotas a pagar a la Seguridad Social. Además, se deben cumplir unas condiciones:

-La solicitud debe ser previa a la formalización del trabajador como autónomo o socio de la entidad mercantil.

-Debe ser posterior a la resolución judicial tras la impugnación del despido (si tuviese lugar).

-No se puede haber compatibilizado trabajos por cuenta propia o ajena con la prestación por desempleo los dos últimos años.

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