
La justicia europea no ve que exista discriminación por sexo en negar el complemento de maternidad a una mujer prejubilada. El caso se dio en Barcelona, dónde a una trabajadora le fue denegado dicho complemento en su jubilación, ya que era anticipada.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció este miércoles que este añadido económico en las pensiones no depende del género del trabajador. En su lugar, se vincula con las condiciones con las que se accede a esta prestación.
Es decir, el derecho a este complemento se pierde por la prejubilación de esta trabajadora y no por ser mujer; sentenciando, así, que no existe un trato discriminatorio por razón de género.
Un dato importante a la hora de computar la cantidad que se percibirá por jubilación
Tras desestimarse la denuncia de esta trabajadora al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el resultado es claro: según la legislación española, este complemento no se aplica en los casos de jubilación anticipada por voluntad de la interesada.