Economía

Escrivá lanzará una instrucción para aclarar la ayudas a los autónomos

El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha aclararado el sistema de ayudas para los autónomos que aprobó el Consejo de Ministros el pasado martes en el Real Decreto 8/2020.

El ministro tuvo que salir al paso de las críticas de la asociación ATA para explicar cómo pensaba hacer llegar a todos los autónomos la prestación por cese de actividad.

Con la normativa en vigor, según ATA, los autónomos societarios se veían obligados a tener que pedir el cierre de su empresa para poder acceder a estas ayudas, un extremo que hubiese sido fatal porque podría haber forzado el Erte de 1,6 millones de trabajadores que están empleados por este tipo de sociedades limitadas.

Escrivá, tal y como indicaron fuentes de su departamento a elEconomista, prepara una Instrucción de la Seguridad Social para que estos autónomos societarios puedan acceder a esta prestación sin tener que cerrar sus negocios. Para hacerlo, no obstante, será necesario que cumplan, al igual que los autónomos que van por estimación directa, con los dos requisitos planteados: que hayan sido obligados a cerrar o que sus ingresos se hayan reducido en el mes de marzo en un 75% sobre el promedio de los últimos seis meses.

Las dudas surgen porque el Gobierno ha optado por utilizar el procedimiento del cese de actividad para no tener que incrementar la regulación necesaria, pero esto ha generado confusión en una parte del sector pese a que la intención era buena. El Ejecutivo pretendía acelerar al máximo este sistema para acelerar los pagos pero esa decisión generó las quejas de esta colectivo, que interpretaba que esta decisión forzaba obligatoriamente al cierre de sus empresas.

Tras la aclaración del Gobierno, los autónomos societarios que vayan a poder continuar con su actividad podrán reclamar esta ayuda a partir del 1 de abril si necesitan aportar la información sobre los ingresos, es decir, si han podido seguir trabajando o de lo contrario lo podrán hacer desde ya si han sido cerrado por el decreto de estado de alarma del Gobierno. No obstante, en el terreno de los práctico, esta opción todavía no es posible, puesto que no existe el modelo.

Hasta ahora, cuando un autónomo cesaba su actividad tenía que presentar un modelo 036 cursando el cese de actividad. Las empresas que cesen definitivamente su actividad podrán utilizar este mecanismo, las que no tendrán que esperar a conocer el desarrollo necesario de esta norma que como explica el Gobierno ha sido preparada en apenas cuatro días.

El titular del ministerio aseguró ayer en Twitter que para el Ejecutivo está claro que todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75%, tienen ya derecho a la prestación que se aprobó en el último Consejo de Ministros, independientemente de su condición. Y, de hecho, así lo reconocieron todas las asociaciones a excepción de ATA.

Exentos de cotizaciones

Los autónomos en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661 euros para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o hayan perdido el 75% de su facturación.

Escrivá asegura incluso que "leeréis estos días muchas fake news y muchos bulos que pretenden generar incertidumbre entre los autónomos. Para cualquier duda, consultad las web oficiales del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones".

El ministro insistió en que "el Gobierno sigue trabajando en medidas de calado, como esta prestación extraordinaria, para ayudar a quienes están pasando dificultades".

El Ministerio explicó también que los autónomos con empleados a cargo tienen derecho a hacer un Erte para sus trabajadores y luego solicitar la prestación, pero ahora ya no supondrá tener que abandonar la actividad cuando se utilice este nuevo procedimiento que tendrá que dar a conocer el Gobierno.

El tiempo que se perciba esta prestación extraordinaria computará como cotizado, por lo que podrán solicitarla los autónomos que estén recibiendo estas ayudas y no perderán las bonificaciones condicionadas al mantenimiento de la actividad.

Los taxistas, por su parte, podrán compatibilizar la prestación con la actividad, pero igualmente deberán demostrar la caída de ingresos del 75% para poder acceder a esa prestación económica.

Fómulas para los módulos

El Gobierno además todavía está estudiando como adaptar esta prestación para aquellos que no están obligados a emitir factura, es decir, aquellos autónomos que cotizan por módulos, lo que se espera que pueda aclararse también en la próxima instruccion de la Seguridad Social. La prestación estará en vigor hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma, es decir, de momento afecta a marzo, pero si se prolongara hasta abril este mes también habría una prestación para los autónomos.

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