La Generalitat Valenciana ha incluido en la Ley de Acompañamiento de los presupuestos autonómicos de 2020 una tenue concesión a los empresarios. Se trata de la práctica eliminación del Impuesto de Sucesiones, pero solo en el caso de empresas familiares y que facturen menos de 10 millones de euros. Lo hará mediante la bonificación del 99% del tributo, si bien cabe subrayar que esta se encontraba ya en el 95%.
La Comunitat Valenciana que preside el socialista Ximo Puig seguirá, por tanto, muy lejos del escenario de otras autonomías como Madrid o Andalucía que han apostado por la práctica supresión de los impuestos de sucesiones y donaciones, tal y como reclaman las diferentes asociaciones que representan a la empresa familiar en el conjunto de España.
El Gobierno Valenciano, no obstante, ha aprovechado los primeros presupuestos de su segunda legislatura para llevar a la práctica esta promesa electoral del PSPV: elevar cuatro puntos la bonificación a las empresas familiares "de reducida dimensión" en el Impuesto de Sucesiones. En concreto, permitirá la bonificación del 99 por ciento del impuesto "en los casos de transmisiones de una empresa individual o de un negocio profesional a favor del cónyuge, descendientes, adoptados del causante, ascendientes, adoptantes o de parientes colaterales hasta el tercer grado".
Todo ello "siempre que se mantenga por el adquiriente en actividad durante un periodo de cinco años". Cabe destacar además que la bonificación del 99 por ciento será solo para los herederos de jubilados mayores de 65 años. En caso de tener el jubilado fallecido entre 60 y 64 años la bonificación será del 90 por ciento.
El doble por heredar, el cuádruple por donar
El movimiento del socialista valenciano contrasta con sus decisiones al llegar al poder, puesto que fue su propio Gobierno el que incremento el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en 2017. En concreto, eliminó la reducción de 100.000 euros en la cuota por razones de parentesco o para donatarios que dispusieran de un patrimonio preexistente superior a 600.000 euros (antes el límite era de 2 millones).
Además, la reducción autonómica (entonces de entre el 90 y el 95 por ciento) por transmisión de participaciones, empresa individual o empresa agrícola quedó limitada exclusivamente a las mencionadas empresas de menos de 10 millones de euros de facturación. También se eliminó por completo la bonificación del 75 por ciento en la cuota del impuesto.
¿Y qué supuso en la práctica esta medida? Según los ejemplos prácticos puestos por el Consejo General de Economistas de España en su informe 'Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2017', aquel año heredar pudo costarle el doble al contribuyente de la Comunitat Valenciana; y recibir una donación, hasta el cuádruple.
En el caso de las sucesiones el análisis se realizó con el supuesto de una persona soltera que heredaba bienes por valor de 800.000 euros. Dicho individuo pagaría en la Comunitat algo más de 63.193 euros -casi el 8 por ciento de la cantidad-. El importe resultante era justo el doble de lo que habría pagado esta misma persona en 2016.