Economía

TS confirma multa Unión Fenosa por deficiencias seguridad Zorita

Madrid, 13 nov (EFECOM).- El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sanción de 300.000 euros impuesta por el Ministerio de Economía y ratificada por la Audiencia Nacional a la empresa propietaria de la central nuclear de Zorita (Guadalajara) -cuya actividad cesó en abril-, Unión Fenosa, por deficiencias en la seguridad de la planta.

Así lo acuerda la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en una sentencia que desestima el recurso interpuesto por Unión Fenosa contra la sentencia de la Audiencia Nacional, que ratificó la infracción establecida por el Ministerio de Economía.

Los hechos por los que se sancionó en 2003 por una infracción grave a Unión Fenosa ocurrieron durante los días 8 y 16 de enero de 2002, cuando, pese a comprobarse que la presión del agua de los sistemas de aspersión de la cúpula del reactor no funcionaban adecuadamente, se permitió que la planta siguiera funcionando.

Las principales razones que motivaron el recurso de Unión Fenosa son que no se produjeron daños personales ni medioambientales y que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) conocía los hechos desde el mismo momento en que ocurrieron y autorizó la operatividad de la planta de manera temporal y con un caudal de operación inferior aunque suficiente para garantizar su funcionamiento.

El Alto Tribunal considera que la Audiencia Nacional "ha realizado en este supuesto una aplicación razonable del principio de legalidad de las infracciones y sanciones administrativas, que garantiza el artículo 25 de la Constitución, al rechazar la pretensión de que la conducta infractora se califique de infracción leve".

El TS en su sentencia indica que es "proporcionada" la sanción impuesta.

"La multa -señala- se ha impuesto en el límite medio, en relación con la trascendencia que para la seguridad ha supuesto la comisión de la infracción, al no tener garantía el explotador de la central de que en caso de producirse un accidente los sistemas de seguridad pudieran cumplir su función precautoria". EFECOM

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