Tráfico

Un año de los radares Veloláser: todavía no se ha producido una sentencia para conocer su legalidad o ilegalidad

  • Cada uno de los 60 radares costó a la DGT 14.338 euros.
  • Pueden captar velocidades de hasta 250 kilómetros por hora
Un polémico Veloláser instalado en un guardarrail.

Hace un año, en la Semana Santa de 2018, la DGT anunció la implantación de 60 Veloláser, capaces de controlar vehículos a velocidades de hasta 250 km/h, captar coches a dos carriles de circulación y medir la distancia de seguridad entre coches. Los aparatos, de tamaño reducido para garantizar el factor sorpresa, costaron un total de 860.310 euros, es decir, 14.338 euros por cada uno. | Claves y mitos de los mini-radares.

Moto preparada para transportar el Veloláser.
Moto preparada para transportar el Veloláser.

Además, están pensados para ser transportados a bordo de las motos de los agentes, los cuales podrán instalarlos sobre un trípode (que apenas mide metro y medio de alto), anclados al guardarrail, sobre una estructura elevada -como un pórtico-, o en una cabina lateral.

Todo ello, en apenas un minuto y sin necesidad de que la patrulla de Guardia Civil tenga que situarse junto al dispositivo. Podrá ubicarse a una distancia máxima de 50 metros del radar puesto que están conectados por wi-fi o red 3G/4G para posibilitar el manejo del equipo desde cualquier dispositivo móvil y, una vez el infractor llegue al punto donde está la patrulla de la Guardia Civil, los agentes le pararán y multarán in situ. De esta forma, se evita sancionar sin conocer la identidad del conductor, una práctica reconocida como ilegal por la Justicia.

A día de hoy, ningún juzgado ha emitido una sentencia ante los recursos planteados por las infracciones detectadas mediante alguna de las unidades Veloláser, según confirma Pyramid Consulting. Por tanto, no se puede saber con certeza la posible legalidad o ilegalidad de estos radares, y los argumentos de recurso son los mismos que con cualquier otro radar: la no aplicación del margen de error, que no consten las revisiones necesarias para el buen funcionamiento del cinemómetro, la correcta notificación de la sanción.

Supuesta legalidad

No obstante, la propia Pyramid Consulting ya destacó hace unos meses que estos radares cumplen con el artículo 89, apartado C, de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que establece que se puede formular una denuncia relacionada con las infracciones, siempre que se obtenga conocimiento de la falta "a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo". En conclusión, que estos radares son legales y están capacitados para detectar un exceso de velocidad y multar al infractor.

Respecto al uso del Vololáser, que debe cumplir con ciertas normas de seguridad, la asesoría jurídica estipula que "este tipo de radares, a pesar de ser móviles, sólo pueden operar en estático y están amparados en cuanto a margen de error, por la normativa española en esta materia, que es la ORDEN ITC/3123/2010. Compartimos la opinión de la legalidad que puede tener la colocación en guardarraíles, aunque previsiblemente estarán ubicados y multarán desde un trípode". Aun así, es importante destacar que este trípode debe situarse a más de 1,6 metros de distancia con respecto a la vía para que su uso sea legal, establece Pyramid Consulting.

Nacidos con polémica

Cuando en la Semana Santa del año pasado se pusieron en marcha los Veloláser, no tardó en saltar la polémica. Los primeros en mostrar sus quejas fueron los motoristas, que consideraban peligroso que los radares se instalasen en los quitamiedos. Tanto es así, que la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas denunció qué si un motorista tuviese un accidente, podría golpearse contra el radar y su soporte metálico, lo que podría superar un empeoramiento de la gravedad de sus heridas.

A pesar de todo, los radares Veloláser empezaron a funcionar, al menos teóricamente, en Semana Santa de 2018. Y decimos teóricamente porque 3 meses después, Pyramid Consulting había tramitado más de 85.000 multas, ninguna de ellas de Veloláser.

En el mes de julio de 2018, SocialDrive desveló que fuentes de Tráfico había asegurado que no se estaban tramitando las sanciones de estos radares. Al mismo tiempo, Pyramid Consulting, el servicio de gestión de multas de la red social de conductores, no había recibido una sola multa de estos cinemómetros.

Pero este no fue el único dato del Veloláser que generó polémica. Según comentan desde Pyramid Consulting, los cinemómetros no funcionarían ni con lluvia ni bajo temperaturas superiores a los 30 grados. Esto sería un verdadero hándicap en temporada de climatología adversa.

La primera multa de Veloláser

Ya en agosto, empezaron a llegar las primeras multas de estos radares. La primera que recibió Pyramid Consulting fue impuesta a un conductor que circulaba con un Skoda Superb a 101 km/h en una zona limitada a 50 km/h, por lo que se considera una infracción muy grave y conllevaba una sanción económica de 600 euros, además de la retirada de seis puntos del carnet. Esta multa fue recurrida.

Actualmente, no se ha producido ninguna sentencia en relación a las multas de Veloláser. Por tanto, los motivos de recurso son los mismos que con cualquier otro radar: la no aplicación del margen de error, que no consten las revisiones necesarias para el buen funcionamiento del cinemómetro, la correcta notificación de la sanción.

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